SALTA, 19  de Abril de 2010.-

213/10                                                                                                      

Expediente Nº 14.492/09

VISTO:

            Estas actuaciones mediante las cuales el Abogado Alberto Raymundo Sosa, solicita la baja de un Video Cassette, ”Curso de Constitución Nacional” y un libro titulado “Informe sobre la evaluación académica”de M. Guillaume;  y
 
CONSIDERANDO:
 
           Que motiva el pedido el hecho de que dichos bienes han sido extraviados;

           Que a fs. 8, el señor Decano de esta Facultad, Ing. Jorge F. Almazan, informa que este material bibliográfico es producto de una donación realizada por el Centro Regional de Investigación y Desarrollo de la Universidad Nacional de Rosario, según Resolución Rectoral Nº 711/86. Sin embargo, por motivos que se desconocen, la Planilla de Alta Nº 180/86 (fs. 7), está conformada por el Abog. Alberto R. Sosa, lo que significa que este material bibliográfico no fue recibido por la Biblioteca. Por lo tanto no corresponde aplicar la citada Reglamentación (Resolución R Nº78/1979;

         Que a fs. 11, La Unidad de Auditoría Interna informa que se debe aplicar lo establecido en el Reglamento de Investigaciones Administrativas Decreto Nº 467/1999;

        Que a fs. 14, el  Señor Decano de esta Facultad, Ing. Jorge F. Almazán, expresa lo siguiente:
“En relación a lo solicitado a fs. 11, por la Unidad de Auditoría Interna de esta Universidad,  este Decanato aconseja dar cumplimiento a la baja, por resultar antieconómico el inicio y finalización de todo el trámite que implica un proceso de Sumario, en proporción al monto de la baja;
Cabe aclarar que en casos iguales ó similares la UAI, no observó la aplicación de lo establecido en el Reglamento de Investigaciones Administrativas, Decreto Nº 467/1999”;

        Que han intervenido Dirección de Patrimonio, Asesoría Jurídica, División de Patrimonio, Unidad de Auditoría Interna y Decano de la Facultad de Ingeniería;
           
        Que por Resolución Nº 356/00 del Consejo Superior, se delega en los Consejos Directivos la Facultad de decidir sobre la Baja o condición de rezago de Bienes Muebles hasta un valor de mercado de pesos diez mil ($ 10.000,00). 

POR ELLO: y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
(en sesión  ordinaria de fecha 07/04/10)

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Disponer la baja definitiva del siguiente material bibliográfico, según se detallan a continuación los que figuran  registrados con los siguientes  números de inventario:
                                                                                                                                                               

Cantidad

Descripción

P.de Alta Nº

Nº Inv.

Valor Res.

1

GUILLAUMET, M. Informe sobre la evaluación académica. Rosario, 1984.

180/1987 (39)

510-21-70202
(58066)

1,00

1

VIDEO CASSETTE. Curso de Constitución Nacional. Mca. NATIONAL 180-Ind. Jap.

180/1987 (39)

512-99981-754
(77713)

1,00

TOTAL : ………………………….………..…      $

2,00

SON: DOS PESOS

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional  de Salta, hágase saber, a Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad, Dirección de Patrimonio, División de Patrimonio de esta Facultad y al Abogado Alberto R. Sosa,  para su toma de razón y demás efectos.-
NM.          

Firmado: