SALTA, 21 DICIEMBRE 2000


Expediente Nº 1.180/96.-

RESOLUCIÓN CS Nº 356/00


VISTO la consulta efectuada por el Sr. SECRETARIO DEL CONSEJO SUPERIOR respecto de los alcances de las disposiciones del Estatuto sobre la baja definitiva de bienes del patrimonio de la Universidad, y


CONSIDERANDO:


Que el artículo 100, inc) 17 y 18 del Estatuto de la Universidad establecen que es el Consejo Superior quien decide patrimonialmente acerca de los bienes de la misma.


Que el Decreto PEN 2293/93 actualiza a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) el monto para delegar facultades a fin de aceptar donaciones de bienes muebles sin cargo; así quedaron facultados el Rector y los Consejos Directivos a aceptar donaciones.


Que a través del Dictamen Nº 5267, la Dirección de Asesoría Jurídica entiede que: “De una interpretación integral de las normas antes señaladas, este Servicio Jurídico entiende que en los casos en los que se encuentran facultados los Consejos Directivos o el Rector para aceptar bienes, corresponde que sean los mismos quienes, previo dictamen por parte de los correspondientes servicios técnicos aconsejando dicha baja y con conocimiento al Consejo Superior, decidan sobre la baja o condición de rezago de dichos bienes”.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA, mediante su Despacho Nº 222/00.


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 14 de diciembre de 2000)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Delegar en el Sr. Rector o los Consejos Directivos la facultad de decidir sobre la baja o condición de rezago de bienes muebles hasta un valor de mercado de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).


Artículo 2º.- Disponer que toda resolución de baja de bienes muebles emitida por el Sr. Rector o los Consejos Directivos deberán contar con dictamen previo de los servicios técnicos respectivos y elevarse a conocimiento del Consejo Superior.


ARTÍCULO 3°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Consejo de Investigación, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Patrimonio, U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a SECRETARÍA ADMINISTRATIVA a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA