SALTA, 14 de Abril de 2009

209/09

                                                                                                            Expte. Nº 14.162/97

VISTO:
           
            Estas actuaciones por las cuales la Dra. Viviana Murgia solicita licencia sin goce de haberes en el cargo de Auxiliar Docente Regular en la Categoría de Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Exclusiva en la asignatura Optativa II (petroquímica) de la Carrera de de Ingeniería Química; y

CONSIDERANDO:

            Que el motivo del pedido es por haber accedido a un cargo de mayor jerarquía de Profesor Regula en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva en la misma asignatura, a partir del 1º de Febrero de 2009 y por el término de cinco años;

            Que la Dra. Ing. Viviana Murgia obtuvo la permanencia en el cargo de Auxiliar Docente Regular;

            Que la Escuela de Ingeniería Química recomienda se de curso favorable a la solicitud de licencia en el cargo de Auxiliar Docente Regular;

            Que por resolución Nº 272/08 el Consejo Superior establece que la designación de un Docente para el desempeño temporario (5 años) en cargo de mayor jerarquía en la misma u otra asignatura, que impida la regular prestación de sus funciones mientras dure su desempeño, le da derecho a solicitar y a que se le conceda la licencia extraordinaria sin goce de haberes, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos donde obtuvo la permanencia, en carácter de excepción al régimen de incompatibilidad (articulo 6 inciso e) de la resolución CS Nº 420/99;

            Que en el inciso e) del articulo 6º de la resolución CS Nº 420/99 expresa: “el Docente Universitario no podrá acumular cargos de distintas categoría (Profesor Titular, Asociado, Adjunto, JTP y Auxiliares de Primera) en una misma asignatura de la Facultad; ni dos o mas de Profesor con igual Categoría en la misma Asignatura”;   

POR ELLO, y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

(en su sesión ordinaria del 18 de marzo de 2009)

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Tener por otorgada a la Dra. Viviana MURGIA, licencia extraordinaria sin goce de haberes en el cargo de Auxiliar Docente Regular en la Categoría de JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS con dedicación EXCLUSIVA en la asignatura Optativa II – Petroquímica (Especialidad B-Petroquímica) de la Carrera de Ingeniería Química, a partir del 1º de Febrero de 2009 y por el termino de cinco años, en carácter de excepción al régimen de incompatibilidad, de acuerdo a lo establecido por resolución CS Nº 272/08.

ARTICULO 3°.- Hágase  saber  y  comuníquese  a  Secretaría Administrativa, Escuela de Ingeniería Química, Dra. Viviana MURGIA, División Personal  y  siga  a la Dirección General de Personal para su toma de razón y de mas efectos.
RAF

Firmado: