San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente Nº SO-19.488/12.-

 

 

            VISTO:

                        La Resolución Nº SO-506/12 con relación al Llamado a Inscripción de Interesados para cubrir un (1) cargo de Profesor Adjunto, Dedicación Semiexclusiva, Temporario, para desempeñarse como COORDINADOR del Curso de Apoyo para el Ingreso a la Universidad (CIU), Ingreso 2013, de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta; y

 

            CONSIDERANDO:

                        Que,  la Comisión Evaluadora, emite el dictamen correspondiente donde aconseja la designación en el cargo de referencia a la Ing. Dora Mendoza.-

                        Que, la designación sería a partir de la efectiva posesión en el cargo y hasta el 31 de diciembre de 2012; y desde el 1º de febrero de 2013 y hasta completar los tres (3) meses.

                        Que, se debe elaborar el instrumento legal correspondiente que avale la presente designación; y

 

            POR ELLO:

 

LA DIRECTORA DE LA SEDE ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

 

ARTÍCULO 1º: Designar a la Ing. Dora Mendoza, D.N.I. Nº 23.896.412, en el cargo de Profesor Adjunto, Dedicación Semiexclusiva, Temporario, para desempeñarse como COORDINADOR del Curso de Apoyo para el Ingreso a la Universidad (CIU), Ingreso 2013, de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta, a partir de la efectiva toma de posesión en el cargo y hasta el 31 de diciembre de 2012; y desde el 1º de febrero de 2013 y hasta completar los tres (3) meses.-

 

ARTÍCULO 2º: Imputar el gasto que demande la cobertura de este cargo a lo establecido por Resolución Nº 360/12 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta.

 

ARTICULO 3º: Disponer que un plazo de cuarenta y ocho (48) horas de recibida la presente resolución, la docente designada deberá presentarse en la oficina de personal a fin de tomar conocimiento de la documentación que debe presentar para la apertura del legajo personal o actualización del mismo (es deber del agente actualizar el legajo de personal, cuando se produzcan cambios en la situación de revista).

 

ARTICULO 4º: Disponer que una vez cumplimentada la formación del legajo personal y/o actualización, recién podrá tomar posesión del mismo, para el cual ha sido designada, desconociendo esta Institución toda prestación de servicio con fecha anterior al cumplimiento de lo requerido en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 5º: Elevar la presente Resolución a Rectorado para su conocimiento y cursar copia a la interesada, Secretaría Académica, Dirección General de Personal, Oficina de Personal de la Sede, Secretaría de Sede y Consejo Asesor para su conocimiento y efectos.-

 

 

hc