San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente SO-19.461/11.-

 

 

                        VISTO:

 

                                   La Resolución Nº SO-352/11 y 148/12, con relación a la Evaluación de la carrera de Enfermería de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta; y

 

 

                        CONSIDERANDO:

 

                                   Que, a fs. 8, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud, solicita que se modifique el término “evaluación” por el de “autoevaluación”, indicado en la Resolución Nº 352/11, y Resolución SO-148/12, fs 17.

 

                                   Que, se debe determinar que en las resoluciones indicadas precedentemente, corresponde decir “…autoevaluación de la carrera de Enfermería…”.-

 

                                   Que, se debe emitir el acto administrativo correspondiente de acuerdo a lo aconsejado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud; y

 

 

                        POR ELLO:

 

LA DIRECTORA DE LA SEDE ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

 

ARTÍCULO 1º: Dejar debidamente aclarado que en las Resoluciones SO-352/11 y SO-148/12, se debe leer “…Autoevaluación de la Carrera de Enfermería de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta…”, en un todo de acuerdo a lo aconsejado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud.

 

ARTÍCULO 2º: Solicitar al Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud, convalide la presente resolución y la Resolución Nº SO-148/12.

 

ARTÍCULO 3º: Cursar copia de la presente resolución a  Secretaría Académica de la Universidad, Coordinación de Carrera de Enfermería, Secretaría de Sede y Consejo Asesora para su conocimiento y efectos.-

 

 

 

hc