San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente Nº SO-19.140/11.-

 

                        VISTO:

                                   La Resolución Nº SO-416/11, con relación Llamado a Inscripción de Interesados para la cobertura de un (1)  cargo de Alumno Becario de Formación para la Carrera Tecnicatura Universitaria en Laboratorio de Análisis Clínicos y Microbiológico de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta; y

 

                        CONSIDERANDO:

                                   Que, la Comisión de Becas designada mediante Resolución Nº SO-416/11, eleva el dictamen correspondiente y aconseja la designación en le cargo de referencia a la alumna Marisol Serrano Ubiergo.

                                   Que, la designación sería a partir del 19 de marzo y hasta el 19 de noviembre de 2012.

                                   Que, Secretaría de Sede toma conocimiento de las presentes actuaciones, solicitando la elaboración del instrumento legal correspondiente; y

 

                        POR ELLO:

 

LA  DIRECTORA  DE LA SEDE ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

ARTICULO 1º : Designar a la Srta. Marisol Serrano Ubiergo, D.N.I. Nº 30.221.596, en el cargo de Alumna Becaria de Formación para la Carrera Tecnicatura Universitaria en Laboratorio de Análisis Clínicos y Microbiológico de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta, a partir del 19 de marzo y hasta el 19 de noviembre de 2012.

 

ARTICULO 2º : Determinar que la Srta. Marisol Serrano Ubiergo, tendrá como Profesor Tutor a la Bioq. María Luisa Cacace y cumplirá una carga horaria de 20 (veinte) horas semanales, con una retribución mensual de $ 933,00 (Pesos Novecientos Treinta y Tres).-

 

ARTICULO 3º: Imputar las presentes designaciones en la Partida Presupuestaria correspondiente a Gastos de Funcionamiento de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta.

 

ARTICULO 4º: Disponer que un plazo de cuarenta y ocho (48) horas de recibida la presente resolución, la alumna designada deberá presentarse en la oficina de personal a fin de tomar conocimiento de la documentación que debe presentar para la apertura del legajo personal o actualización del mismo (es deber del agente actualizar el legajo de personal, cuando se produzcan cambios en la situación de revista).

 

ARTICULO 5º: Disponer que una vez cumplimentada la formación del legajo personal y/o actualización, recién podrá tomar posesión del mismo, para el cual haya sido designada, desconociendo esta Institución toda prestación de servicio con fecha anterior al cumplimiento de lo requerido en el artículo anterior.

 

ARTICULO 6º :  Notificar a la interesada y cursar copia a Secretaría Académica, Secretaría de Cooperación Técnica, Secretaría de Sede, Consejo Asesor, Dirección General de Administración de la Sede, Dirección Académica para su conocimiento y efectos. Cumplido, archívese.-

 

 

hc