Universidad
Nacional de Salta
Sede Orán
Alvarado Nº
751
Telefax 03878-421388
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San Ramón de
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que, en la
misma se determina la licencia período Pre-parto
desde el 06 de agosto y hasta el 31 de agosto de 2011, por el término de 26 (veintiséis) días.
Que,
Dirección General de Administración informa que en virtud del Certificado de
Nacimiento presentado por
Que, informa,
asimismo, se debe proceder a otorgar licencia Período Post-Parto, a partir del 26
de agosto y hasta el 2 de noviembre de 2011, por el término de 69 (sesenta y
nueve) días.-
Que, lo
apuntado precedentemente se ajusta a lo establecido en el Artículo 106º del
Decreto Nº 366/06, convenio colectivo de Trabajo para
el Sector No Docente.
Que, se debe
confeccionar el correspondiente acto administrativo para avalar las presentes
actuaciones; y
POR ELLO:
DE
R E S
U E L V E
ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 1º
de
ARTICULO 2º: Otorgar Licencia por
Maternidad Período Post-Parto a
ARTICULO 3º: Elevar la presente resolución a Rectorado para su convalidación y cursar copia a
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