Universidad
Nacional de Salta
Sede Orán
Alvarado Nº 751
Telefax 03878-421388
***********
San Ramón de
Expediente Nº
SO-19.158/11.-
VISTO:
Las
Resoluciones Nºs 181/00 y Nº 687/10 del Consejo Superior de
CONSIDERANDO:
Que,
mediante Resolución Nº 687/10 del Consejo Superior de
Que,
en el Artículo 2º de la citada resolución indica “… La aprobación dispuesta en
el artículo precedente, no implica autorización de nuevos cargos en
Que, en el segundo considerando de la misma,
establece: “Que el Trayecto no será arancelado y los gastos que demanden su
implementación serán absorbidos con el presupuesto de Sede Regional Orán”.-
Que, los
docentes que deben dictar los módulos del Trayecto son de
Que,
Que,
en el Capítulo III FINANCIAMIENTO; del Anexo I de
Que,
Universidad
Nacional de Salta
Sede Orán
Alvarado Nº 751
Telefax 03878-421388
*********** Expediente Nº SO-19.158/11.-
Que, se debe
emitir el instrumento legal correspondiente que avale las presentes
actuaciones; y
DE
R E S
U E L V E
Ad-Referendum del Sr. Rector de la
Universidad Nacional de Salta
ARTÍCULO 1º: Determinar que los Módulos de
contenidos de las asignaturas del
Trayecto de Nivelación y Actualización Disciplinar para
ARTÍCULO 2º: Indicar que los aranceles de los
Módulos serán de acuerdo al volumen de los mismos, y serán fijados de acuerdos
a los criterios de precios establecidos en cada momento y circunstancia de mercado.
ARTÍCULO 3º: Elevar la presente resolución a
Rectorado para su convalidación y cursar copia a Dirección General de
Administración de
hc