Universidad
Nacional de Salta
Sede Orán
Alvarado Nº 751
Telefax 03878-421388
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San Ramón de la Nueva Orán,
Expediente.
Nº SO-19.393/10.-
VISTO:
Las Presentes
actuaciones en relación a extensión de
regularidad solicitada por la alumna Patricia Alejandra Arjona, L.U. Nº 6.316, de
la Carrera Tecnicatura
Universitaria en Laboratorio de Análisis Clínicos y Microbiológico de la Sede Orán de la Universidad Nacional
de Salta; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 005/05, del Consejo Directivo de la
Facultad de Ciencias de la Salud, establece el procedimiento para las solicitudes de
prórroga de regularidad y/o condicionalidad interpuesto por alumnos de las
carreras que se dictan en Sede Orán y que dependan académicamente de esta
Facultad.
Que, se dio cumplimiento a todos los puntos del
Art. 1º de la
Resolución Nº
005/05 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud.
Que, el Consejo Asesor
de la Sede Orán,
en Reunión Ordinaria de fecha 17 de noviembre de 2010, aprueba por unanimidad denegar
el pedido realizado por la alumna Patricia Alejandra Arjona, L.U. Nº 6.316, por
no cumplir con lo dispuesto en la reglamentación vigente.
Que, se debe emitir el instrumento legal correspondiente; y
POR
ELLO:
LA
DIRECTORA DE LA SEDE ORAN
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: No Autorizar la prorroga de regularidad solicitada por la Srta. Patricia
Alejandra Arjona, L.U. Nº 6.316, alumna de la carrera Tecnicatura Universitaria
en Laboratorio de Análisis Clínicos y Microbiológico de la Sede Orán, por no cumplir con
lo dispuesto en las reglamentaciones vigentes, en un todo de acuerdo a los
considerando de la presente resolución.-
ARTÍCULO
2º: Elevar la presente Resolución a la Facultad de Ciencias de la Salud para su convalidación,
notificar a la interesada y cursar copia a Departamento Alumnos,
Secretaría de Sede Consejo Asesor y Coordinación de Carrera para su conocimiento
y efectos.
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