San Ramón
de la Nueva Orán,
Expediente Nº
19.329/09.-
VISTO:
La Resolución Nº SO-016/10,
con relación al Llamado a Inscripción de Interesados para la cobertura de un
(1) cargo de Alumno Auxiliar Adscripto
para la Carrera
de Computador Universitarioa de la Sede Regional Orán
de la Universidad
Nacional de Salta; y
CONSIDERANDO:
Que,
Dirección Académica de la Sede Orán
informa que se debe agregar en el Artículo 5º inciso “d”, lo dispuesto mediante
resolución Nº 222/04 del Consejo Superior de la Universidad Nacional
de Salta, que dice: “ Modificar el inciso
d) del Artículo 4º del anexo de la
Resolución Nº CS-301/91 por el siguiente texto: Los alumnos que
hubieren aprobado todas las asignatura
de la carrera y estuvieren cursando prácticas o elaborando tesis, están
habilitados a presentar su inscripción, esta habilitación tendrá vigencia hasta
los dos años posteriores a la fecha de aprobación de la última asignatura de su carrera, fehacientemente acreditada.”
Que, se debe
realizar un agregado de lo indicado precedentemente en el Artículo 5º, inciso
d) de la Resolución Nº SO-016/10;
siendo necesario la elaboración del instrumento legal correspondiente; y
POR ELLO:
EL
DIRECTOR DE LA SEDE REGIONAL ORAN
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE SALTA
R
E S U
E L V E
ARTICULO
1º : Agregar al artículo 5º, inciso d) de la Resolución Nº SO-016/10, con relación al Llamado a Inscripción de
Interesados para cubrir un (1) cargo de Alumno Auxiliar Adscripto para la Carrera de Computador
Universitario de la Sede
Regional Orán de la Universidad Nacional
de Salta, lo dispuesto en la Resolución Nº 222/04 del Consejo Superior de la Universidad Nacional
de Salta, que dice: “ Modificar el inciso
d) del Artículo 4º del anexo de la
Resolución Nº CS-301/91 por el siguiente texto: Los alumnos que
hubieren aprobado todas las asignatura
de la carrera y estuvieren cursando prácticas o elaborando tesis, están
habilitados a presentar su inscripción, esta habilitación tendrá vigencia hasta
los dos años posteriores a la fecha de aprobación de la última asignatura de su carrera, fehacientemente acreditada.”
ARTICULO
2º : Elevar la presente resolución
a la Facultad
de Ciencias Exactas para su convalidación y cursar copia a Secretaría
Académica, Secretaría de Sede, Consejo Asesor, Comisión de Carrera, Dirección
Académica y Comisión Asesora para su conocimiento y efectos.
hc