San Ramón de la Nueva Orán,

 

                       Expediente 19.144/09.-

 

 

            VISTO:

 

                        La presentación realizada por la Coordinación de Carrera de Enfermería de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta; y

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, en la misma solicita se avale con instrumento legal la extensión de funciones de docentes que realizan actividad académica en la carrera de Enfermería que se dicta en la Sede Regional Tartagal.

                        Que, los docentes son el Lic. Pedro Rueda y Lic. Angélica Acosta, en la asignatura Introducción a la Enfermería de Salud Pública; Lic. Nanci silvestre, en la asignatura Bioestadística I; Bioq. Enrique Medina y Enf. Sandra Chorolque, en la asignatura Bioquímica, respectivamente.

                        Que, Mediante Resolución 527/08, el Consejo Directivo de la Faculta de Ciencias de la Salud, en su Artículo 1º “ … Autoriza el dictado del Primer Año de la Carrera de Enfermería (Plan 1984 y modificatorias) en Sede Tartagal, como extensión de la que se dicta en Sede Orán, durante el ciclo lectivo 2009…”.

                        Que, se debe elaborar el instrumento legal correspondiente que avale las presentes actuaciones; y

 

            POR ELLO:

 

EL DIRECTOR DE LA SEDE REGIONAL ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

ARTICULO 1º: Autorizar a los docentes que a continuación se detallan, a dictar las asignaturas que en cada caso correspondan, de la carrera de Enfermería de la Sede Regional Tartagal, como extensión de funciones a sus actividades de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los considerando de la presente resolución.

 

Docentes

Asignaturas

Lic. Pedro Edmundo Rueda

Introducción a la Enfermería de Salud Pública

Lic. Angélica Acosta

Introducción a la Enfermería de Salud Pública

Lic. Nanci de Fátima Silvestre

Bioestadística I

Bioq. Enrique Medina

Bioquímica

Enf. Sandra Chorolque

Bioquímica

 

 

ARTÍCULO 2º:  Elevar la presente resolución a la Facultad de Ciencias de la Salud para su homologación, y cursar copia a los interesados, Sede Regional Tartagal, Secretaría de Sede, Coordinación de Carrera de Enfermería y Consejo Asesor para su conocimiento y efectos.-

 

hc