SALTA, 20 de Marzo de
2007
Expediente Nº
21.009/03.-
RESOLUCIÓN Nº 016-2007 - I.E.M.
VISTO las presentes actuaciones y, en particular el
pedido realizado por la alumna Conseja del Consejo Asesor de este Instituto, en
el sentido de otorgar un turno extraordinario de exámenes para alumnos de este
Instituto, solicitud avalada por
numerosas firmas, y
CONSIDERANDO:
Que fundamentan los pedidos en la necesidad de revertir
el elevado número de alumnos de distintos cursos y divisiones que, por los
aplazos registrados en el turno ordinario regular de marzo, no han promovido al
curso siguiente.
Que por Resolución Nº 034-05 – IEM se conforma una
Comisión de Evaluación encargada de analizar la implementación de la Resolución
Nº 036/02 y todas sus derivaciones, entre ellas la evaluación de los resultados
que arroje el Período de Recuperación y Examen establecido por Resolución Nº
008-03 – I.E.M.
Que la mencionada Comisión de Evaluación realizó un
exhaustivo análisis de la situación de los alumnos que se beneficiaron con un
turno de estas características, concluyendo que el mismo no había resultado en
un verdadero aprovechamiento del tiempo y de la situación como se esperaba que
ocurriera.
Que asimismo, la Comisión (en su Informe de fecha
13/12/05) expresa que la repetición de esta Instancia no sería válida si se
tiene en cuenta la implementación del Período de Recuperación del Primer
Cuatrimestre y de todos los otros procesos recorridos en el año lectivo que
aportan a la recuperación de los aprendizajes (clases de apoyo regulares,
clases de apoyo educativo, período de recuperación de Diciembre, clase de apoyo
previos a los exámenes de Marzo).
Que desde la experiencia en el aula se pudo observar que
los alumnos que habían rendido en los turnos extraordinarios eran los mismos
que más adelante tuvieron dificultades en las mismas asignaturas, debiendo
recuperar en diciembre o rendir en marzo directamente.
Que por otra parte, también se consideró en el análisis
las ausencia de los estudiantes a las clases de apoyo y al examen propiamente
dicho.
Que el Consejo Asesor de este Instituto trató en varias
oportunidades dicha temática, tal como se desprende del Informe presentado por
Dirección en la Primera Reunión Extraordinaria de fecha 09/03/06.
Que por nota presentada al Consejo Asesor, alumnos de
diferentes cursos manifiestan su desacuerdo con la implementación de una mesa
de exámenes extraordinarias, fundamentando su posición, por un lado, en no
compartir el justificativo de los compañeros para encubrir la propia
irresponsabilidad que ellos cargan desde principio de año, y por otro,
consideran que si se da esta oportunidad se perjudicaría a todos los alumnos, a
los docentes y al I.E.M.
Que los representantes Profesores y Auxiliares ante el
Consejo Asesor de este Instituto realizaron consultas a sus bases, recibiendo
un alto porcentaje de adhesión para el no otorgamiento del “turno
extraordinario”.
Que las solicitudes presentadas fueron consideradas por
el CONSEJO ASESOR DEL IEM en su SEGUNDA REUNIÓN EXTRAORDINARIA llevada a cabo
el viernes 19 de marzo de 2007, acordando no hacer lugar a la solicitud de un
“turno extraordinario” de examen.
Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo
aconsejado por el Consejo Asesor,
LA DIRECTORA DEL
INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA
"DR. ARTURO OÑATIVIA"
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- No hacer
lugar al pedido de otorgamiento de un TURNO EXTRAORDINARIO de examen, por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Dar a la presente
amplia difusión. Cumplido, manténgase en reserva.
RSR
FDO: JUANA LUCRECIA RAMOS -
SECRETARIA
PROF. PATRICIA ALONSO - DIRECTORA