SALTA, 20 de Marzo de 2007

Expediente Nº 21.009/03.-

RESOLUCIÓN Nº  016-2007 - I.E.M.

            VISTO las presentes actuaciones y, en particular el pedido realizado por la alumna Conseja del Consejo Asesor de este Instituto, en el sentido de otorgar un turno extraordinario de exámenes para alumnos de este Instituto, solicitud avalada por  numerosas firmas, y

            CONSIDERANDO:

            Que fundamentan los pedidos en la necesidad de revertir el elevado número de alumnos de distintos cursos y divisiones que, por los aplazos registrados en el turno ordinario regular de marzo, no han promovido al curso siguiente.

            Que por Resolución Nº 034-05 – IEM se conforma una Comisión de Evaluación encargada de analizar la implementación de la Resolución Nº 036/02 y todas sus derivaciones, entre ellas la evaluación de los resultados que arroje el Período de Recuperación y Examen establecido por Resolución Nº 008-03 – I.E.M.

            Que la mencionada Comisión de Evaluación realizó un exhaustivo análisis de la situación de los alumnos que se beneficiaron con un turno de estas características, concluyendo que el mismo no había resultado en un verdadero aprovechamiento del tiempo y de la situación como se esperaba que ocurriera.

            Que asimismo, la Comisión (en su Informe de fecha 13/12/05) expresa que la repetición de esta Instancia no sería válida si se tiene en cuenta la implementación del Período de Recuperación del Primer Cuatrimestre y de todos los otros procesos recorridos en el año lectivo que aportan a la recuperación de los aprendizajes (clases de apoyo regulares, clases de apoyo educativo, período de recuperación de Diciembre, clase de apoyo previos a los exámenes de Marzo).

            Que desde la experiencia en el aula se pudo observar que los alumnos que habían rendido en los turnos extraordinarios eran los mismos que más adelante tuvieron dificultades en las mismas asignaturas, debiendo recuperar en diciembre o rendir en marzo directamente.

            Que por otra parte, también se consideró en el análisis las ausencia de los estudiantes a las clases de apoyo y al examen propiamente dicho.

            Que el Consejo Asesor de este Instituto trató en varias oportunidades dicha temática, tal como se desprende del Informe presentado por Dirección en la Primera Reunión Extraordinaria de fecha 09/03/06.

            Que por nota presentada al Consejo Asesor, alumnos de diferentes cursos manifiestan su desacuerdo con la implementación de una mesa de exámenes extraordinarias, fundamentando su posición, por un lado, en no compartir el justificativo de los compañeros para encubrir la propia irresponsabilidad que ellos cargan desde principio de año, y por otro, consideran que si se da esta oportunidad se perjudicaría a todos los alumnos, a los docentes y al I.E.M.

            Que los representantes Profesores y Auxiliares ante el Consejo Asesor de este Instituto realizaron consultas a sus bases, recibiendo un alto porcentaje de adhesión para el no otorgamiento del “turno extraordinario”.

            Que las solicitudes presentadas fueron consideradas por el CONSEJO ASESOR DEL IEM en su SEGUNDA REUNIÓN EXTRAORDINARIA llevada a cabo el viernes 19 de marzo de 2007, acordando no hacer lugar a la solicitud de un “turno extraordinario” de examen.

            Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por el Consejo Asesor,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA

 "DR. ARTURO OÑATIVIA"

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1°.- No hacer lugar al pedido de otorgamiento de un TURNO EXTRAORDINARIO de examen, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

 

ARTÍCULO 2°.- Dar a la presente amplia difusión. Cumplido, manténgase en reserva.

RSR

FDO: JUANA LUCRECIA RAMOS - SECRETARIA

PROF. PATRICIA ALONSO - DIRECTORA