RESOLUCION -D- Nº 161/2009
Salta, 5 de Mayo de 2009
Expediente Nº 12.012/09
VISTO:
La
Resolución Nº CS-632/08 del Consejo
Superior, a través de la cual se otorga horas extras para el personal de apoyo
universitario de esta Universidad; y
CONSIDERANDO:
Que
los Señores: María G. PAZ SOSA, Ricardo RIOS, Mirta
L. ESCALANTE, Marta ARIAS, Alejandro H. SANDOVAL y Sonia MORALES, solicitan
autorización para realizar las horas extras mencionadas anteriormente;
Que
este Decanato en razón de lo dispuesto por la citada Resolución, autoriza la realización de las horas extras a
los citados agentes - en los términos de la Resolución Nº CS-632/08;
POR ELLO: y en uso de las
atribuciones que le son propias,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º: Autorizar al siguiente personal de apoyo universitario - la
realización de horas extras – en el marco de la Resolución Nº CS-632/08, a
partir de la fecha indicada en cada caso y hasta completar el monto total de
Pesos Dos Mil ($ 2000) por cada agente y con el compromiso de cumplir con las
funciones asignadas:
Apellido y Nombre |
Documento |
Categ. |
Legajo Nº |
Desde |
PAZ SOSA, María Georgina |
12.957.762 |
6 |
5.443 |
13/04/09 |
RIOS, Ricardo Daniel |
20.706.229 |
5 |
6.059 |
01//04/09 |
ESCALANTE, Mirta
Lucrecia |
24.888.649 |
7 |
6.058 |
01/04/09 |
ARIAS, Marta del Valle |
12.958.377 |
1 |
3.499 |
01/04/09 |
SANDOVAL, Alejandro H. |
11.539.900 |
2 |
1.757 |
01/04/09 |
MORALES, Sonia del M. |
20.920.077 |
4 |
5.459 |
01/04/09 |
ARTICULO 2º: Establecer que a los efectos de la liquidación, ésta será
en función a la real prestación, hasta completar el monto máximo aprobado y con
vigencia hasta el mes de julio del corriente año.
ARTICULO 3º: Imputar el gasto emergente de la presente Resolución a los
fondos asignados por Res. 632/08-CS, del presente ejercicio.
ARTICULO 4º: º: Hágase saber y remítase copias a: interesados, y
Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.
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LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA
MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA