RESOLUCION -D- Nº
96/2009
Salta, 1 de
Abril de 2009
Expediente Nº 12.087/09
VISTO:
Las
notas elevadas por el Coordinador de la Tecnicatura Universitaria de Podología
y el Director General Administrativo Económico, a través de las cuales
solicitan horas extras para el personal de esta Facultad; y
CONSIDERANDO:
Que
el Coordinador de la Técnicatura de Podología, Méd. Jorge RIOS, solicita horas
extras para la Srta. Azucena MACCHI, a los fines de realizar tareas de
seguimiento de documentación de los alumnos de la mencionada Carrera;
Que
se debe asegurar el normal funcionamiento del servicio de limpieza,
distribución de correspondencia, cafetería, entre otros;
Que
ante la aplicación efectiva del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, a partir
del 1º de junio de 2.006, el exceso de la jornada habitual de que se trate será
considerado como hora extra convencional con el recargo del 50 % en lo días
hábiles, y del 100 % en días inhábiles;
Que
se liquidará de acuerdo al registro que surja del sistema de control
asistencial;
Que
el financiamiento del adicional provendrá de las economías generadas de las
partidas presupuestarias correspondientes a esta Facultad;
POR
ELLO: Y, en uso de las atribuciones que le son propias,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º: Autorizar la liquidación y pago de
Horas Extras, con un recargo del 50 %,
por incremento de labor en su jornada
habitual de trabajo, previsto en el Artículo 74 del Nuevo Convenio Colectivo de
Trabajo, aprobado por el Decreto Nº 366/06, a favor del siguiente personal:
MACCHI, Azucena Teresa: Categoría 2 del Agrupamiento
Administrativo, para realizar tareas de seguimiento de documentación en la
Técnicatura de Podología de esta Facultad, con un máximo de treinta (30) horas,
a partir del 01 de Abril de 2.009 y por el término de dos (2) meses.
Natalio TALA: Categoría 6 del Agrupamiento de
Servicios, para realizar tareas de limpieza y tareas propias de la función de
Mayordomo de esta Facultad, con una carga horaria de tres (3) horas diarias con
un máximo de sesenta (60) horas mensual, a partir del 02 de Marzo y hasta el 30
de Junio de 2.009.
ARTICULO 2º: La imputación de las horas extras
autorizada en el Artículo 1º se financiará con fondos de funcionamiento.
ARTICULO 3º: Establecer que a los efectos de la
liquidación, ésta será en función a la real prestación, y cuya información será
proporcionada mensualmente por la Facultad.
ARTICULO 4º: Hágase saber y remítase a:
Dirección General de Personal, División Personal, interesados para su toma de
razón y demás efectos.-
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LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA
MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA