RESOLUCION -D- Nº
18/2009
Salta, 2 de
Marzo de 2009
Expediente Nº 12.124/89
VISTO:
La
Resolución D Nº 189/92, mediante la cual se implementa la planilla diaria de
asistencia docente, y
CONSIDERANDO:
Que
la firma de planillas diarias no ha contribuido a la evaluación académica ni
refleja la actividad docente en su totalidad.
Que
no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º de la Res. D Nº
189/92 que encomendaba a los Departamentos Docentes la instrumentación de
parámetros para el seguimiento académico de los docentes.
Que
por lo anterior, la real prestación de servicios es convalidada por el Decanato
sin compatibilizar las planillas de firmas con los informes de cada Director de
Departamento docente, no dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 3º
de la mencionada norma.
Que
se encuentra en vigencia las Res. CD Nº 516/95 y CD Nº 225/02 referida a la
presentación de la Planificación Anual Obligatoria de las distintas asignaturas
de esta Facultad.
Que
la mencionada Res. Establece en sus artículos 2º al 7º el procedimiento para su
elaboración y aprobación.
Que
la Planificación Anual Obligatoria junto a otros parámetros legales de control
de asistencia, permitirían una evaluación global del desempeño docente.
Que en virtud de lo anterior resulta conveniente, a criterio de las autoridades, implementar un nuevo mecanismo para la certificación de la real prestación de servicios.
POR
ELLO, y en uso de las atribuciones que le son propias;
LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
RESUELVE
ARTICULO 1º: Disponer que a partir del día 02 de marzo de 2009 la real prestación de servicios se certificará con base al estricto cumplimiento de las Res. CD Nº 516/95 y CD Nº 225/02.
ARTICULO 2º: Establecer que los Departamentos Docentes deberán elevar a las autoridades de la Facultad, dentro de los plazos estipulados en el Art. 6º de la Res. CD Nº 516/95, las Planificaciones Docentes.
ARTICULO 3º:
Establecer que se tendrán en cuenta además de lo dispuesto en los artículos 1º
y 2º de la presente, la asistencia de los docentes a las mesas examinadoras en
las que han sido designados y el cumplimiento de los horarios de consulta
fijados y publicados por las asignaturas.
ARTICULO 4º: Derogar la Res. D Nº 189/92 por las razones expuestas en los considerandos y solicitar al Consejo Directivo deje sin efecto la Res. CD Nº 245/92.
ARTICULO
5º: Hágase saber y remítase copia a:
Dirección General de Personal, División de Personal, Departamentos Docentes, Publíquese y siga al
Consejo Directivo a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 4º.
LIC. CECILIA PIU DE MARTIN – SECRETARIA MGS. NIEVE
CHAVEZ - DECANA