RESOLUCION -D- Nº     4/2009

 

Salta, 19 de Febrero de 2009

Expediente Nº 12.247/07

 

                        VISTO:

 

                                    La nota enviada por el Director General de Personal, con respecto a la aplicación del Artículo 72 del Convenio Colectivo en la asignación del Suplemento por mayor responsabilidad a la Srta. María Georgina PAZ SOSA, Personal de Apoyo Universitario - Categoría 6; y

 

                        CONSIDERANDO:

 

                                    Que la misma, el Director informa que:

 

“Artículo 17 del Convenio Colectivo de Trabajo:…… Si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el Capítulo de concursos”

 

Que la Resolución Nº 456/06 en sus artículos 6, 7 y 8 establece:

Artículo 6º: En casos de cargos en los cuales se haya producido la ausencia definitiva del titular, transcurrido un plazo mayor a doce (12) meses, se deberán poner en marcha los mecanismos previstos en el Capítulo de concursos del Decreto 366/06.

Artículo 7º:…………..Dicha asignación podrá realizarse, por un período de seis (6) meses y prorrogable hasta un máximo de un año siempre que se mantengan las condiciones de excepción. Antes de la finalización de ese período, y si se encontrara vacante, el cargo deberá ser convocado a concurso. En todos los casos deberá estar asegurado el financiamiento de la asignación.

Artículo 8º: Las asignaciones por mayor responsabilidad realizadas con anterioridad a la fecha de vigencia del presente reglamento, cualquiera sea la causa observada para su otorgamiento, deberán ser encuadradas en el presente reglamento, momento a partir del cual comenzarán a correr los plazos previstos; caso contrario caducarán a los tres (3) meses, a partir de la fecha de la presente resolución.   

De acuerdo al informe elaborado corresponde que se adopte las previsiones para concurso en los casos que corresponde y en otros se debe proceder al encuadre correcto, de acuerdo a la norma vigente a la fecha.

           

                                    Que a fin de asegurar el normal desarrollo de la Biblioteca, es necesario prorrogar las funciones transitorias de la Señorita María G. PAZ SOSA;

 

                                    Que el cargo de Jefe de Biblioteca – Categoría 3, se encuentra en trámite de concurso interno;

 

                                    Que la mencionada asignación se encuadra en el Artículo 72 del Convenio Colectivo de Trabajo Sector No Docente, homologado por el Decreto 366/06 y Resolución Nº CS-356/08;

 

                        POR ELLO: Y en uso de las atribuciones que le son propias,

 

LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

 

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º: Prorrogar la asignación del Suplemento por mayor responsabilidad a la Srta. María Georgina PAZ SOSA, D.N.I. Nº 12.957.762, Personal de Apoyo Universitario - Categoría 6, para cumplir las funciones de Jefa de Departamento de Biblioteca de la Facultad de Ciencias de la Salud, categoría 3, desde el 01 de Enero de 2.009 y hasta la sustanciación del respectivo concurso.

 

ARTICULO 2º: Disponer la liquidación y pago de la diferencia existente entre la categoría 6 que reviste la Srta. PAZ SOSA, y las funciones de Jefe de Departamento, categoría 3, asignado por el artículo anterior y por el período establecido precedentemente.

 

ARTICULO 3º: El mencionado pago se encuadra en el Artículo 72 del Convenio Colectivo de Trabajo Sector No Docente, homologado por el Decreto 366/06.

 

ARTICULO 4º: Hágase saber y remítase copia a: Secretaría Académica, Dirección General de Personal, Srta. Georgina Paz Sosa, Departamento de Biblioteca y siga a División Personal a sus efectos.

 

 

 

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LIC. CECILIA PIU DE MARTIN - SECRETARIA

MGS. NIEVE CHAVEZ - DECANA