1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 30 DIC 2008


Expte. Nº 25.004/08


VISTO estas actuaciones y la solicitud efectuada por los integrantes del grupo de trabajo, constituido oportunamente a propuesta del Consejo Asesor de SECRETARÍA ACADÉMICA, por el cual y de acuerdo al Informe Preliminar emitido por la Unidad de Auditoría Interna solicitan la emisión de una resolución rectoral relacionada con las Actas de Exámenes; y atento a lo aconsejado por SECRETARÍA ACADÉMICA,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Disponer que, a partir del año 2009, las Actas de Exámenes y/o Promociones correspondientes a las distintas Facultades y Sedes Regionales de la Universidad serán numeradas según el año calendario, iniciándose con el número 1.


ARTICULO 2º.- Establecer que las Actas de Exámenes obligatoriamente deben estar firmadas por al menos por tres (3) integrantes del tribunal examinador, con la correspondiente aclaración de firmas, y certificadas por los funcionarios autorizados por la Facultad/Sede.


ARTICULO 3º.- Dejar establecido que los exámenes finales escritos quedarán en custodia de los docentes responsables de cada una de las materias, por un plazo máximo de un (1) año. Vencido ese término se procederá a la destrucción de los mismos.


ARTICULO 4º.- Publiquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Facultades, Sedes, Institutos. Cumplido siga a SECRETARÍA ACADÉMICA para su toma de razón y demás efectos.

JG.


Firmado Firmado

DRA. MARÍA CELIA ILVENTO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 1439-08