1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
SALTA, 30 DIC 2008
Expte. Nº 20.418/08
VISTO la Resolución CD N° 527/08, mediante la cual el Consejo directivo de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD autoriza el dictado del Primer Año de la Carrera de Enfermería (Plan 1984 y modificatorias) en la SEDE REGIONAL TARTAGAL durante el ciclo lectivo 2009, como extensión de la que se dicta en la SEDE REGIONAL ORÁN; y
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 1/2, la Dirección de la SEDE REGIONAL TARTAGAL eleva fundamentación para la implementación de la citada carrera.
QUE con fecha 12 de setiembre de 2008, se firmó Acta entre las Sedes Regionales de Orán y de Tartagal, mediante la cual se acordó la participación activa desde la Coordinación de Carrera y el apoyo académico de Docentes de la Sede Orán, que aseguren el desarrollo de los contenidos del Plan de estudios vigente.
QUE a fs. 11/13, obra planilla de Preinscripción de interesados en cursar la Carrera de Enfermería en esa Sede.
QUE rola a fs. 17/19 propuesta de Planta Docente para la mencionada carrera.
QUE el artículo 5° de la Resolución CD Nº 527/08 de la Facultad, solicita al Consejo Superior la ratificación de los Artículos 1 °, 2° y 3° de dicho acto administrativo.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA DEL CONSEJO SUPERIOR, mediante Despacho Nº 426/08,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
AD REFERENDUM DEL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución CD N° 527/08 del Consejo Directivo de Ia FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, por lo expuesto precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Académica, Sede Regional Orán y Sede Regional Tartagal. Cumplido siga al CONSEJO SUPERIOR para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1431-08