1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
SALTA, 15 DIC 2008
Expte. Nº 25.556/08
VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO DE COLABORACIÓN suscripto entre el MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO DE LA PROVINCIA DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE el presente Convenio tiene por objeto la intervención del Estado Provincial a través de la Secretaría de Lucha contra las Adiciones del Ministerio, a fin de coadyuvar a la Universidad en la ejecución del proyecto integral de promoción de la salud: “Prevención de las adicciones”, colaborando en promover las condiciones para la participación activa y crítica tanto de jóvenes como adultos a fin de que construyan y/o fortalezcan espacios organizativos de intervención comunitaria en la prevención de las adicciones.
QUE ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictámenes Nº 10314 y 10399 respectivamente.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emitió Despacho Nº 199/08 de fecha 19 de noviembre de 2008.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la Resolución CS Nº 093/08 del CONSEJO SUPERIOR,
EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO DE COLABORACIÓN suscripto entre el MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO DE LA PROVINCIA DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 1318-08
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE
EL
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
Y LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SALTA
_______Entre el MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO, en adelante EL MINISTERIO, representado en este acto por el Sr. Ministro, C.P.N. Claudio Alberto MASTRANDREA, con domicilio legal en la calle Necochea Nº 775 de la ciudad de Salta, por una parte, y por la otra la Universidad Nacional de Salta, en adelante LA UNIVERSIDAD, representada en este acto por la Ing. STELLA PEREZ DE BIANCHI, con domicilio legal en Avda. Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta, las partes acuerdan celebrar un CONVENIO DE COOPERACIÓN, en el ámbito del convenio marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la Universidad Nacional de Salta, en consideración a:
Que con fecha 23 de Mayo de 2008 el Gobierno de la Provincia de Salta y la Universidad Nacional de Salta suscribieron un Convenio Marco de Colaboración, aprobado por Resolución Rectoral Nº 652-08.
Que con fecha 26/06/08 el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a través de la Secretaría de Organización y Comunicación Comunitaria y la Universidad Nacional de Salta suscribieron un Convenio tendiente a entender en las políticas de aprovechamiento de técnicas metodológicas adecuadas para potenciar la disponibilidad territorial de los recursos relacionados con las artes y oficios populares, formación y capacitación de profesionales y operadores socio-terapeutas, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0954-08.
Que la Provincia tiene por objetivo colaborar activamente a través de la Secretaría de Lucha contra las Adicciones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano en la concreción del “Proyecto Integral de Promoción de la Salud: Prevención de Adiciones”.
Las partes acuerdan celebrar un CONVENIO DE COLABORACIÓN que se regirá por las siguientes cláusulas:
Primera: El presente Convenio tiene por objeto la intervención del Estado Provincial a través de la Secretaría de Lucha contra las Adiciones del Ministerio, a fin de coadyuvar a la Universidad en la ejecución del proyecto integral de promoción de la salud: “Prevención de las adicciones”, colaborando en promover las condiciones para la participación activa y crítica tanto de jóvenes como adultos a fin de que construyan y/o fortalezcan espacios organizativos de intervención comunitaria en la prevención de las adicciones.
Segunda: El proyecto mencionado en la cláusula precedente se llevará a cabo en distintas Sedes ubicadas en el territorio de la Provincia de Salta. A efectos de colaborar con el traslado de los participantes de las jornadas de capacitación el Ministerio realizará un aporte económico por la suma de pesos veinte mil cuatrocientos ($ 20.400.-), los que serán destinados en su totalidad al reconocimiento de gastos de transporte a los 340 jóvenes.
Tercera: El monto aportado será administrado por la Secretaría de Lucha contra las Adicciones, quien será la encargada de entregar en carácter de ayuda económica a cada uno de los jóvenes participantes la suma de pesos sesenta ($ 60.-).
Cuarta: A todos los efectos derivados del presente Protocolo, las partes se comprometen a solucionarlo amistosamente, en caso de no llegar a un acuerdo se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de Salta.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Salta a los veinticinco (25) días del mes Noviembre de 2008.
Firmado Firmado
ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI CPN CLAUDIO ALBERTO MASTANDREA
RECTORA MINISTRO DE DESARROLLO HUMANO
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA