1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 04 DIC 2008




Expte. Nº 17.113/08


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la Dra. Marta DE VIANA, Directora del INEAH de esta UNIVERSIDAD; y



CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita excepción del arancel del Albergue Universitario para doce (12) estudiantes del 3er. Año del polimodal de la Escuela de Educación Técnica Nº 8108 de La Unión, Departamento de Rivadavia Banda Sur, que vendrán a Salta en el marco del proyecto de extensión universitaria “Patrimonio Natural y Cultural: Biodiversidad y Conocimiento Local”, desde el 1 al 3 de diciembre del año en curso.

Por ello:


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Eximir a los doce (12) estudiantes de la Escuela de Educación Técnica Nº 8108 de La Unión, Departamento de Rivadavia Banda Sur, del pago del arancel correspondiente al uso del Albergue Universitario de esta UNIVERSIDAD, desde el 1 al 3 de diciembre del corriente año.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Tesorería General y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1286-08