SALTA, 25 de noviembre de 2008.
Expte. Nº 22.021/08
VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la Directora del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, Prof. Alicia M. F. S. de VOEFFREY; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma eleva la nómina y documentación avalatoria de docentes del citado Instituto, con sus respectivos cargos, solicitando el análisis de cada situación para considerar su ingreso al Régimen de Permanencia de Profesores y Miembros del Claustro de Auxiliares de los Institutos de Educación Media dependientes de la Universidad Nacional de Salta, aprobado por Resolución CS Nº 300/05.
QUE en dcho pedido y nómina se hace hincapié en la situación de la Prof. María Beatriz DIAZ, Asesora Pedagogica del citado Instituto, para lo cual se adjunta la siguiente documentaciön:
Resolución Rectoral Nº 0898-06, mediante la cual se dispuso el ingreso al Régimen de Permanencia del personal del IEM TARTAGAL, en la cual, estaba incluida la Prof. Beatriz DIAZ como Asesora Pedagógica.
Resolución Rectoral Nº 0074-07, que por el artículo 2º, excluye a la citada docente de dicho régimen.
Nota de la Prof. DIAZ solicitando la revisión de su situación.
Nota de los miembros del Consejo Asesor del IEM TARTAGAL, mediante la cual elevan nota presentada y firmada por docentes de la institución, solicitando la urgente resolución de la situación de la Prof. DIAZ.
QUE la Sra. Directora del IEM TARTAGAL, mediante Nota Nº 197-IEM-08 de fecha 16 de octubre del corriente año, informa que la Profesora fue designada interinamente en el cargo de Asesora Pedagógica, desde el 1º de abril de 1988, y hasta su concurso regular en el año 2005, por lo que continúa prestando servicios en dicho cargo hasta la fecha.
QUE en virtud de lo presentado y del análisis respectivo, la SECRETARÍA ACADÉMICA realizó el informe correspondiente, manifestando los criterios que se utilizaron para determinar si resulta viable o no la incorporación de todos los docentes, incluída la Prof. DIAZ, a dicho Régimen, los cuales se transcriben a continuación:
Los criterios que se utilizaron para determinar si resulta viable o no la incorporación de los mismos al Régimen de Permanencia (Res. C.S. N° 300/05) ,- son los que más abajo se indican, ya que esta Secretaría entiende que el Rectorado es solo el órgano de aplicación de las normativas aprobadas por el Consejo Superior. Las particularidades que se presentan deben ser resueltas por la Comisión de Interpretación y Reglamento de dicho Cuerpo.
Para el ingreso al Régimen de Permanencia en condición de regular (Art. 32):
que estén ocupando el cargo a la fecha de aprobación del Reglamento (22/08/05)
que hayan sido evaluados dos veces en la asignatura, área o disciplina afin (Res.C.S. N° 639/90 y/o 049/89 y/o modificatorias y/o sistema anterior a éstas), en el mismo cargo.
que acrediten continuidad en el cargo
Para el ingreso al Régimen de Permanencia (Art. 33):
que estén ocupando el cargo a la fecha de aprobación del Reglamento (22/08/05)
Expte. Nº 22.021/08
que haya sido evaluado una vez en la asignatura, área o disciplina afin, cargo (preceptor, bibliotecario, secretario, Personal de Servicio de Orientación y auxiliar docente (Res.C.S. N° 639/90 y/o 049/89 y/o modificatorias y/o sistema anterior a éstas)
que acredite una antigüedad de tres años, como mínimo en la misma materia y/o àrea.
QUE en virtud de dicho análisis, la SECRETARÍA solicita la incorporación de la Prof. María Beatriz DIAZ al Régimen de Permanencia, en el cargo de Asesora Pedagógica con 27 hs. del citado Instituto.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Resolución Rectoral Nº 0074-07 de fecha 17 de febrero de 2007, y ratificar en consecuencia, lo dispuesto por Resolución Rectoral Nº 0898-06, artículo 4º, incorporando al Régimen de Permanencia aprobado por Resolución CS Nº 300/05, a la Prof. María Beatriz DIAZ, en el cargo de Asesora Pedagógica con 27 hs, del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, con efecto al 14 de octubre de 2005 y en un todo de acuerdo al informe de SECRETARÍA ACADÉMICA de esta Universidad.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Académica, Instituto de Educación Media Tartagal, Dirección General de Personal y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
Firmado Firmado
DRA. MARÍA CELIA ILVENTO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ACADEMICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1227-08