1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 20 NOV 2008


Expte. N° 17.092/07


VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 0439-08 de fecha 23 de mayo de 2008; y


CONSIDERANDO:


QUE por la mencionada resolución se designa, entre otras, a la alumna Luisa María SALAZAR ACOSTA, como Pasante Estudiantil para efectuar tareas en la Dirección del JARDÍN MATERNO INFANTIL de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Resolución CS Nº 423/06, bajo la tutoria de la Prof. Susana Inés FERNANDEZ, a partir de día siguiente de su notificación y hasta el 31 de diciembre de 2008, con una asignación estímulo mensual de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00) y el cumplimiento de 20 horas semanales.


QUE la Srta. SALAZAR ACOSTA presentó su renuncia como pasante, a partir del 12 de setiembre del corriente año.


QUE en virtud de ello, la Dirección del Jardín Materno Infantil solicita la designación en su reemplazo, de la alumna María Silvana FERREYRA, sexta en el orden de mérito emitido oportunamente por la Comisión Evaluadora.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Tener por aceptada la renuncia presentada por la Srta. Luisa María SALAZAR ACOSTA, DNI Nº 30.637.871, como Pasante Estudiantil para efectuar tareas en la Dirección del JARDÍN MATERNO INFANTIL de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, designada mediante Resolución Rectoral Nº 0439-08, con efecto al 12 de septiembre de 2008.


ARTÍCULO 2°.- Designar a la alumna María Silvana FERREYRA, D.N.I. Nº 29.693.125, como Pasante Estudiantil para efectuar tareas en la Dirección del JARDÍN MATERNO INFANTIL de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Resolución CS Nº 423/06, bajo la tutoria de la Prof. Susana Inés FERNANDEZ, con efecto al 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2008, con una asignación estímulo mensual de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00) y el cumplimiento de 20 horas semanales.


ARTÍCULO 3º.- Imputar el gasto que demande la cobertura de esta pasantía en las respectivas partidas presupuestarias de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para el corriente ejercicio.


ARTÍCULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica y de Bienestar Universitario, Dirección del Jardín Materno Infantil, y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1205-08