1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 20 NOV 2008


Expte. Nº 8.739/08


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO - PROGRAMA suscripto entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado convenio tiene como objetivo el cumplimiento del Proyecto de Intercambio entre Universidades Nacionales (INTER - U) en la que participa la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de esta Universidad.


QUE mediante Expte. Nº 23.146/08 se asignaron los fondos a la citada unidad académica para la ejecución del mencionado Proyecto..


QUE por Resolución CS . EX. Nº 3-159/2008 de la mencionada Facultad, se aprueba lo actuado y convalida los gastos efectuados por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICUATRO ($ 56.124,00).


QUE asimismo se procedió a la devolución de fondos a la TESORERÍA GENERAL de esta Universidad, de la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA ($ 590,00).


QUE la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, previa elaboración de la rendición de cuentas a la Secretaría de Políticas Universitarias, solicita la resolución correspondiente por parte del Rectorado.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar los gastos efectuados por la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, en el marco del PROGRAMA DE INTERCAMBIO ENTRE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES – INTER-U, por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICUATRO ($ 56.124,00), por los motivos expuestos en el exordio de la presente.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa y Dirección General de Administración. Cumplido siga a la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1195-08