1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
SALTA,
Expte. N° 2.539/08
VISTO estas actuaciones y la Resolución CS N° 228/08 del Consejo Superior, de fecha 06 de junio de 2008; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma se solicita a Rectorado la reformulación del cronograma electoral para las elecciones de los estamentos de Graduados y Estudiantes del Consejo Asesor de Sede Regional Tartagal, retrotrayendo el mismo a la confección del padrón provisorio y recomendando la asistencia técnica de la Dirección General del Centro de Cómputos, de acuerdo a los criterios establecidos por Resolución CS N° 217/08.
QUE asimismo, por Resolución CS N° 217/08 el Consejo Superior de la Universidad resolvió:
"ARTÍCULO 1°. Establecer que la condición necesaria para ser considerado Estudiante Regular es haber aprobado por lo menos 2 (dos) asignaturas en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año previo a la realización de elecciones.
ARTÍCULO 2º.- Interpretar que no corresponde considerar las asignaturas aprobadas por equivalencia o reconocimiento en años anteriores, a los efectos de computar las dos materias necesarias para ser considerado como estudiante regular en la confección de padrones electorales, aún cuando la resolución correspondiente sea del periodo comprendido en el cronograma electoral.
ARTÍCULO 3°.- Interpretar que, a todo efecto, la fecha de aprobación por promoción de las asignaturas será la fecha de entrega de planillas previstas en el calendario académico. Esto será así, aún cuando el instrumento legal que ratifica tal situación sea posterior al 31 de diciembre."
QUE previo a proceder al llamado a elecciones es menester constatar y verificar la correspondencia entre el padrón electoral estudiantil y la condición de alumno "regular".
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Instruir a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de esta Universidad, a que realice la constatación y verificación de la correspondencia entre el padrón electoral estudiantil y la condición de alumno "regular", según las copias de las planillas de exámenes finales que obran en la Dirección de Títulos correspondiente al período 2007, a efectos de proceder al llamado a elecciones para renovar representantes por el estamento de Estudiantes del Consejo Asesor de la SEDE REGIONAL TARTAGAL.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Académica, Sede Regional Tartagal, Direcciones Generales de Personal y del Centro de Cómputos, U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA para su toma de razón y demás efectos.
JG.
Firmado Firmado
DRA. MARÍA CELIA ILVENTO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ACADEMICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0715-08