1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
SALTA, 05 AGO 2008
Expte. N° 430/08
VISTO estas actuaciones y la Resolución CS N° 468/05 de fecha 15 de noviembre de 2005; y
CONSIDERANDO:
QUE por el artículo 1° del citado acto se aprueba la reincorporación de la Universidad Nacional de Salta al CONSEJO DE RECTORES POR LA INTEGRACIÓN DE LA SUBREGIÓN CENTRO OESTE DE SUDAMÉRICA - CRISCOS.
QUE por el artículo 2° del mismo se aprueba la integración de esta Universidad al PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL del CRISCOS.
QUE esta Casa de Altos Estudios ha participado en la XXlava. Convocatoria Internacional para el intercambio de estudiantes correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2008.
QUE fueron seleccionados cinco estudiantes de esta Universidad para movilizarse a otros centros de estudio de CRISCOS.
QUE asimismo se recibirán cinco estudiantes de otras Universidades.
QUE dentro del programa se acuerda que:
Las Universidades de Origen gestionarán y certificarán, a través de sus Directores de Carrera, las materias o asignaturas que desarrollarán los becarios en la Universidad de Destino antes de la partida.
Las Universidades de Origen proporcionarán a los alumnos becarios, sin cargo, los seguros de viaje o traslado por el tiempo que dure la beca entre su país de origen y el de destino.
Las Universidades de Destino proporcionarán a los alumnos becados, sin cargo y con la máxima celeridad, la documentación necesaria para la obtención de la visa, esto es la Constancia de Aceptación con sus respectivas legalizaciones y acreditaciones propias de cada país.
Las Universidades de Destino proporcionarán a los alumnos becados, sin cargo, los servicios de manutención alimentaria con un mínimo de desayuno, almuerzo y cena en los lugares que habitualmente lo hacen los alumnos regulares, y con las comidas habituales de cada región, los siete días de la semana.
Las Universidades de Destino proporcionarán a los alumnos becados, sin cargo, los servicios de internet en los laboratorios o salas especiales dentro de sus universidades con la modalidad que cada una tenga habitualmente para sus alumnos regulares.
Las Universidades de Destino proporcionarán a los alumnos becados, sin cargo, un cupo de hasta dos llamadas telefónicas por mes para comunicarse con sus respectivas familias en su país de origen, solo en caso de necesidades manifiestas.
Las Universidades de Destino proporcionaran a los alumnos becados, sin cargo, los servicios de atención primaria de salud (atención ambulatoria o de consultorios externos), conforme a la modalidad que cada una estipule.
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Expte. Nº 430/08
Las Universidades de Destino gestionarán y proporcionarán para los alumnos becados, sin cargo, los servicios de atención secundaria de salud (atención con internación o no ambulatoria), conforme a la modalidad que cada una estipule, debiendo luego solicitar reposición de gastos a la Coordinación General del P.M.E.
Las Universidades de Destino entregarán a los becarios) antes de su regreso al país de origen, toda la documentación que acredite su desempeño académico en el período de la beca.
QUE por lo anteriormente expuesto corresponde emitir resolución designando a los estudiantes como Estudiantes Becarios P.M.E de CRISCOS.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los siguientes estudiantes de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, como Becarios del PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL del CRISCOS, quienes fueron seleccionados en la XXlava. Convocatoria del citado programa:
Jorge Santiago CALLAN, DNI 32.793.724, de la carrera del Profesorado y Licenciatura en Historia, quien asistirá a la Universidad Andina del Cuzco - Perú.
Yanel Natalí SORUCO BARRO, DNI 33.584.486, de la carrera del Profesorado y Licenciatura en Ciencias de la Educación, quien asistirá a la Universidad Católica de Santa María, Arequipa - Perú.
María Guadalupe SANCHEZ, DNI 34.084.670, de la carrera de Ciencias de la Comunicación, quien asistirá a la Universidad Privada de Tacna - Perú.
Luciana Natalí MOYA CLEMENTE, DNI 33.674.551, de la carrera de Ingeniería Agronómica, quien asistirá a la Universidad de Tarapacá, Arica, Chile.
Lucas Ezequiel GARZÓN, DNI 30.636.976, de la carrera de Ingeniería Civil, quien asistirá a la Universidad Católica de Santa María, Arequipa - Perú.
ARTÍCULO 2°.- Designar a los siguientes estudiantes extranjeros como Becarios del PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL del CRISCOS, quienes fueron seleccionados en la XXlava. Convocatoria del citado programa:
Linda Rosmeri QUISPE CUTIPA, DNI Nº 43.537.050, de la Universidad Nacional del Altiplano - Perú, para la carrera de Contador Público.
Judith Annie BAUTISTA QUISPE, DNI Nº 45.687.845, de la Universidad Nacional del Altiplano - Perú, para la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Comunicación.
Daniela Alejandra CANO SOBENES, DNI Nº 70.008.254, de la Universidad Católica de Santa María, Arequipa - Perú, para la carrera Licenciatura en Administración.
Alejandra Ivana SOLIZ ESPADA, D.N.I. Nº 5.745.557, de la Universidad Técnica de Oruro - Bolivia, para la carrera Licenciatura en Antropología.
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Expte. Nº 430/08
Eric Fernando CASTRO GUTIERREZ, DNI Nº 45.613.165, de la Universidad Andina del Cuzco - Perú, para las carreras del área de Ciencias Económicas.
ARTÍCULO 3°- Cubrir los gastos de pasajes y seguros de vida a los alumnos de esta Universidad, que figuran en el artículo 1°.
ARTÍCULO 4°: Otorgar la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) mensuales a cada uno de los estudiantes designados en el artículo 2°, para cubrir los gastos de alojamiento y manutención alimentaria durante los cinco meses de su estadía en esta Universidad.
ARTÍCULO 5°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las respectivas partidas previstas en el Presupuesto de esta Universidad, para el Programa de Movilidad Estudiantil.
ARTÍCULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad y notifiquese a los interesados. Cumplido siga a DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0703-08