SALTA, 19 JUN 2008


Expte. Nº 16.061/08


VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través de la Sra. Rectora y el Sr. Presidente del Consejo de Investigación, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY, a través del Sr. Rector y el Sr. Secretario de Ciencia y Técnica y Estudios Regionales; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Protocolo se celebra en el marco del Convenio suscripto entre Universidades Nacionales y Provinciales de nuestro país, en los términos del Acuerdo Plenario Nº 142/94 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).


QUE el objeto de dicho Protocolo es facilitar el pago de beneficios del Programa de Incentivos a docentes de ambas Universidades que participan de proyectos de investigación conjuntos.


QUE ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 9708, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 079/08 del 07 de mayo de 2008, mediante el cual aconseja la aprobación del Protocolo de referencia.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS Nº 093/08 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través de la Sra. Rectora y el Sr. Presidente del Consejo de Investigación, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY, a través del Sr. Rector y el Sr. Secretario de Ciencia y Técnica y Estudios Regionales, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Consejo de Investigación, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0567-08







PROTOCOLO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA



Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante UNSa, representada por su Rectora Ingeniera Agrónoma Stella Maris, PÉREZ de BIANCHI, con domicilio en Av. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUV, en adelante UNJu, representada por su Rector Dr. Enrique Mateo Arnau, con domicilio en Avda. Bolivia 1239 de la ciudad de San Salvador de Jujuy; el Sr. Presidente del Consejo de Investigación de la UNSa Dr. Raúl Alberto BECCHIO y el Sr. Secretario de Ciencia y Técnica y Estudios Regionales de la UNJu, Ing. Luis Guillermo Buitrago, acuerdan en celebrar el presente Protocolo de Colaboración Recíproca, en el marco del Convenio Marco suscripto entre las Universidades Nacionales y Provinciales de nuestro país, en los términos del Acuerdo Plenario NQ 142/94 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y en consideración a:


1. Que el Régimen Legal del Programa de Incentivos de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Título II, Capítulo 2 - Actividad Docente, en su Artículo 25 prevé la situación de revista que deben cumplir los docentes para la percepción del incentivo para la Acreditación de Proyectos de Investigación.

2. Que el Régimen Legal del Programa de Incentivos de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Título II, Capítulo 3 -Participación en Proyectos de investigación, en su Artículo 28 prevé la situación de aquellos proyectos que se desarrollan en una unidad de Investigación sin dependencia directa de la universidad en la que el investigador tiene el cargo docente.

3. Que es de interés común el mantener, profundizar y llevar adelante actividades en las áreas de investigación científica y promover el desarrollo de Proyectos de Investigación con participación de docentes Investigadores de ambas Universidades.

4. Que hay docentes investigadores de la UNSa que participan de Proyectos de investigación de la UNJu.

5. Que es necesario establecer elementos que permitan a los mismos, acceder a los beneficios del Programa de Incentivos.


Las partes acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA que estará sujeto a las siguientes cláusulas:


Primera: El objeto del presente protocolo es facilitar el pago de beneficios del Programa de Incentivos a docentes de la UNJu y la UNSa que participan de proyectos de investigación conjuntos.


Segunda: A fin de dar cumplimiento a lo previsto en la cláusula precedente, a continuación se detalla el proyecto de Investigación y la nómina de docentes

*que integran el equipo de Investigación:

Provecto de Investigación: Código Programa de Incentivos 08/C026

"SISTEMAS GEOTERMALES VINCULADOS A LOS CENTROS VOLCÁNICOS CAUCANI-SOLTERIO Y COLORADO, EN LA PUNA JUJEÑA". Directora: Geol. Alba Ramírez.


El mencionado Proyecto está vigente y fue evaluado, aprobado y acreditado por la Secretaria de Ciencia y Técnica y Estudios Regionales de la UNJU, a partir de su inicio en el mes de marzo de 2.007. Dado que la Geol. Alba Ramírez, se desempeña como Auxiliar Docente de 1ra. en la Cátedra de Mineralogía de la Escuela de Geología de la Facultad Ciencias Naturales, de la UNSa, ésta gestionará su inclusión en el marco del Programa de Incentivos.







El Proyecto de Investigación 08/C026 citado, se inició el 01/03/2007 y tiene vigencia hasta el 31/12/2009, por lo que el cobro de incentivos por la Geol. Ramírez estará sujeto a las evaluaciones satisfactorias en los Informes de Avance y Final respectivos que se realicen.

La UNJu deberá formalmente comunicar en tiempo y forma a la UNSa el resultado de estas evaluaciones.


Tercera: Las partes acuerdan que en cada proyecto de investigación se dará cumplimiento a la totalidad de la normativa para la obtención del pago de incentivos respecto de cada nuevo integrante al proyecto, obteniendo su respectiva autorización para integrar y percibir el pago del mismo por las autoridades competentes, el que será en forma individual.


Cuarta: La UNSa y la UNJu delegan las tramitaciones y aspectos operativos del presente Protocolo de Colaboración Recíproca en el Presidente del Consejo de Investigación (CIUNSa) Dr. Raúl Alberto Becchio y en el Secretario de Ciencia y Técnica y Estudios Regionales (UNJu), Dr. Luis Guillermo Buitrago respectivamente.


Quinta: La duración del presente Protocolo será durante el período en que tenga vigencia el proyecto citado. A su vencimiento y si no tuviere prórroga, caducará y las nuevas situaciones deberán ser contempladas por instrumentos específicos similares al presente.


En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Salta a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.



Firmado Firmado

DR. ENRIQUE MATEO ARNAU ING. AGR. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI

RECTOR RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA




FIRMADO FIRMADO

CPN LILIAN A. DE MENDEZ DR. RAÚL ALBERTO BECCHIO

SEC. DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA PRESIDENTE

A/C DE SEC. CIENCIA y TÉCNICA Y CONSEJO DE INVESTIGACIÓN

ESTUDIOS REGIONALES - UNJu UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA