SALTA, 19 MAY 2008
Expte. Nº 14.491/07
VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO DE COOPERACIÓN para el establecimiento del "Programa de Intercambio de Docentes Auxiliares de las Facultades de Ingeniería Integradas en el CODINOA", celebrado entre la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnologías de la Universidad Nacional de Tucumán, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Salta, la Facultad de Tecnología y Ciencias Aplicadas de la Universidad Nacional de Jujuy, y la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnologías de la Universidad Nacional de Santiago del Estero; y
CONSIDERANDO:
QUE el mencionado convenio tiene como objetivo establecer mecanismos administrativos y académicos comunes para llevar a cabo el Programa de Intercambio de Docentes Auxiliares Básicos de las Carreras de Ingeniería que se dictan en las citadas Unidades Académicas.
QUE mediante Resolución 1410/07, el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA avala la firma realizada en el citado Convenio, por el Sr. Decano, Ing. Jorge Félix ALMAZÁN, cuyo texto se anexa.
QUE ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 9639, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 061/08 de fecha 16 de abril de 2008, mediante el cual aconseja la aprobación del Convenio de referencia.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 093/08 del CONSEJO SUPERIOR,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Homologar lo actuado por el Sr. Decano de la FACULTAD DE INGENIERÍA, en cuanto a la firma del CONVENIO DE COOPERACIÓN para el establecimiento del "Programa de Intercambio de Docentes Auxiliares de las Facultades de Ingeniería Integradas en el CODINOA", celebrado con la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnologías de la Universidad Nacional de Tucumán, la Facultad de Tecnología y Ciencias Aplicadas de la Universidad Nacional de Jujuy, y la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnologías de la Universidad Nacional de Santiago del Estero.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, y Facultad de Ingeniería. Cumplido, siga a la FACULTAD DE INGENIERÍA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0427-08