SALTA, 07 MAY 2008
Expte. Nº 8.162/08
VISTO estas actuaciones por las cuales la Prof. Silvana Mercedes del Milagro PUCA, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, solicita ayuda económica del FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para realizar la Maestría en Matemática Aplicada que dicta dicha Facultad; y
CONSIDERANDO:
QUE el Consejo Directivo de la
citada Facultad, mediante Res. CD Nº 140/08, solicita al Consejo
Superior se otorgue a la citada docente, la suma de PESOS UN MIL CIEN
($ 1.100,00), en el marco del Fondo de Capacitación
Docente.
QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente,
aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y
modificatoria.
Por ello y atento a lo aconsejado por la
COMISIÓN DE HACIENDA DEL CONSEJO SUPERIOR en su Despacho Nº
092/08 de fecha 28 de abril de 2008, y lo dispuesto por la resolución
CS Nº 235/03,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Asignar a la Prof. Silvana Mercedes del Milagro PUCA, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, la suma de PESOS UN MIL CIEN ( $ 1.100,00) del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para solventar los gastos del cursado de la Maestría en Matemática Aplicada que dicta dicha Facultad.
ARTÍCULO
2º.- Establecer que la docente mencionada en el artículo
1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de
esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de
cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total
asignada.
ARTÍCULO
3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la
Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del
Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de
Administración, Facultad de Ciencias Exactas y notifíquese
a la interesada. Cumplido siga a la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS para
su toma de razón y demás efectos. Oportunamente
archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0386-08