SALTA, 05 MAY 2008
Expte. Nº 17.517/08
VISTO la propuesta realizada y presentada por el comunicador audiovisual, guionista y realizador, Sr. José María MARTINELLI, para la realización del Taller de “REALIZACIÓN DOCUMENTAL”; y
CONSIDERANDO:
QUE el Sr. Martinelli oficiará como coordinador de la actividad con la colaboración y asistencia del Sr. Francisco José BENEDICTO.
QUE el taller estará dirigido hacia la producción documental. Todos los encuentros girarán en función de transmitir, reflexionar y debatir conocimientos hacia la creación de un "Documental".
QUE dicha actividad se enmarca dentro de las actividades autofinanciadas que se rigen de acuerdo a las normativas de la Resoluciones del Consejo Superior Nros. 128/99 y 309/00.
QUE la Jefa del Departamento de Teatro de la Dirección del Centro Cultural, Prof. Claudia BONINI, emite opinión favorable al respecto.
QUE el Sr. Secretario de Extensión Universitaria, Lic. Sergio Ignacio CARBAJAL, presta su conformidad a la instrumentación del Taller, sino que informa que la Secretaría oficiará de "organizadora" del citado evento.
QUE la actividad tiene como destinatarios al público en general.
Que el Consejo de Extensión Universitaria creado por Resolución CS Nº 302/02, tomo vistas de la propuesta tal lo indicado por el Lic. Carbajal.
Por ello:
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA a realizar el "TALLER DE REALIZACIÓN DOCUMENTAL", en el Centro Cultural “Holver Martínez Borelli” de la Universidad Nacional de Salta, a cargo del Sr. José María MARTINELLI como docente y del Sr. Francisco José BENEDICTO como asistente..
ARTÍCULO 2º.- Disponer, a propuesta de la Secretaría, que la Prof. Claudia BONINI, Jefa del Departamento de Teatro de la Dirección del Centro Cultural, será la encargada del seguimiento de la actividad conforme a las características detalladas en el ANEXO I.
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Expte. Nº 17.517/08
ARTÍCULO 3º.- Dejar aclarado que el Despacho de la Secretaría oficiará como responsable de las correspondientes recaudaciones y rendiciones de cuentas, que deberán realizarse bimestralmente ante la Secretaría Administrativa, en virtud de la característica de autofinanciados de los talleres y conforme a lo estipulado en el ANEXO II de la presente, determinando a su vez el personal que realizará la tarea.
ARTÍCULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Extensión Universitaria, Consejo de Extensión Universitaria, Dirección del Centro Cultural, Dirección de Programas y Proyectos de Extensión, Dirección de LRK-317 – Radio U.N.Sa., y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA para su conocimiento y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
DRA. ADA JUDITH FRANCO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
COORDINADOR DE POSGRADO Y RECTORA
RELACIONES INTERNACIONALES
a/c SECRETARIA ACADÉMICA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0363-08
ANEXO I
DENOMINACION DE LA ACTIVIDAD:
“TALLER DE REALIZACIÓN DOCMUENTAL"
DOCENTE Y COORDINADOR A CARGO
Docente: José María MARTINELLI
Asistente: Sr. Francisco José BENEDICTO
DIAS Y HORARIOS:
Martes: de 20:30 a 22:30 horas.
DURACIÓN DEL TALLER:
Abril a Julio de 2008.
CUPOS:
MÁXIMO - 20 (veinte)
MÍNIMO - 5 (cinco)
IMPORTANTE:
En caso de no cumplirse con esta condición de mínima, la actividad se dejará sin efecto por disposición de la Secretaría, con comunicación escrita al docente responsable.
Se llevará control de asistencia mediante planillas para tal efecto, con informe mensual.
El lugar destinado para la actividad es la Sala "B", del Centro Cultural "Holver Martinez Borelli", que estará acondicionado adecuadamente.
Es obligatorio el llenado de la FICHA DE INSCRIPCIÓN para Registro y Control de la Dirección del Centro Cultural y emisión de constancia de asistente al taller.
El incumplimiento de algunos de los ítems detallados será causal de informe de evaluación de desempeño del personal responsable del seguimiento de la actividad.
ANEXO II
ARANCEL MENSUAL: $ 60,00 (no existe la opción de MEDIA CUOTA)
DISTRIBUCION DE INGRESOS:
Del total RECAUDADO, corresponderá el 80 % (ochenta por ciento) en concepto de HONORARIOS del docente, deducidos los impuestos pertinentes, abonándose entre el 5 y 10 posterior de cada mes vencido.
El 20 % (veinte por ciento), serán considerados RECURSOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA SECRETARIA.
Condiciones de pago de Honorarios:
EI/Ios docente/s a cargo deberán presentar Factura o Recibo, caso contrario no podrán dictar el taller/curso, se exigirá de ser necesario comprobante de inscripción en la AFIP y DGR.
ASISTENTES CON BECA:
De conformidad con el docente y la Secretaría se podrá acceder al otorgamiento de una MEDIA BECA y una BECA COMPLETA, a solicitud de las partes mencionadas o el potencial asistente por medio de un tutor.