SALTA, 05 MAY 2008
Expte. Nº 2.527/06
VISTO estas actuaciones y en particular la Resolución Rectoral Nº 1058-07, mediante la cual se otorga a la Srta. Teonila CORIMAYO, Personal de Apoyo Universitario de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES de esta Universidad, la suma de PESOS SETENTA ($ 70,00) del Fondo de Capacitación PAU, en forma mensual y consecutiva, con efecto al mes de marzo de 2007 y con un total de hasta 10 (diez) cuotas; y
CONSIDERANDO:
QUE por el artículo 3º del citado acto, se establece que dicha agente debe presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, en forma trimestral, el estado curricular correspondiente, para poder efectivizar el cobro asignado.
QUE por Tesorería General se procedió al pago de la suma de PESOS CIENTO CUARENTA ( $ 140,00) correspondiente al período Agosto/septiembre 2007.
QUE mediante nota de fecha 16 de noviembre de 2007, la Srta. CORIMAYO solicita el pago completo del incentivo al estudio PAU, expresando que cumple con todos los requisitos para el pago de la diferencia.
QUE el Departamento de Rendiciones de Cuentas de la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, informa que de acuerdo a las Normas vigentes establecidas por la Comisión de Capacitación PAU, no se puede realizar ninguna liquidación hasta tanto el agente presente la documentacion que en este caso se requiere en el art. 3º de la Resolución Rectoral antes citada, y asimismo aclara que dicho requisito es requerido a todos los agentes beneficiados.
QUE se dió intervención a la COMISIÓN DE CAPACITACIÓN PAU, quien emite Despacho Nº 5/08, de fecha 4 de diciembre de 2007, en el cual aconseja continuar con el pago del incentivo a la Srta. CORIMAYO, habida cuenta que adjunta estado curricular con fecha 19/11/07 y nota que explicita su situación académica regular. Que asimismo advierte a dicha agente que toda constancia curricular debe estar visada por miembros de la comisión.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la continuidad del pago del incentivo al estudio PAU, otorgado a la Srta. Teonila CORIMAYO mediante Resolución Rectoral Nº 1058-07.
ARTÍCULO 2º.- Advertir a dicha agente que toda constancia o estado curricular que presente, deberá estar visada por miembros de la Comisión de Capacitación PAU.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Tesorería General y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0350-08