SALTA, 25 ABR 2008
Expte. Nº 290/05
VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO suscripto en idioma español e italiano, entre la UNIVERSITA' DEGLI STUDI DI PERUGIA (ITALIA) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE mediante Resolución CS Nº 316/01 tramitada en el Expte. Nº 114/01, se aprueba el proyecto de convenio a suscribirse entre ambas Universidades y se autoriza al Sr. Rector a suscribir el citado convenio y a realizar los trámites pertinentes para su puesta en vigencia.
QUE mediante Resolución Rectoral Nº 314-02, se ratifica y se pone en vigencia dicho Convenio con efecto al 24 de mayo de 2002.
QUE mediante el presente Expte. Nº 290/05, se tramita la prórroga de dicho acuerdo, el que permanecerá en vigencia por el período de un año y podrá ser renovado por igual período ante el pedido de una de las partes que debe notificar a la otra con un preaviso de por lo menos tres meses de antelación a su vencímiento.
QUE ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 354, de fecha 14 de enero de 2008, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 022/08 del 05 de marzo de 2008, mediante el cual aconseja la aprobación de la Prórroga del Convenio de referencia.
Por ello y atento a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la prórroga del CONVENIO suscripto en idioma español e italiano, entre la UNIVERSITA' DEGLI STUDI DI PERUGIA (ITALIA) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como ANEXOS I y II, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Dirección General de Administración y notifíquese a los interesados. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG
Firmado Firmado
DRA. ADA JUDITH FRANCO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
COORDINADOR DE POSGRADO Y RECTORA
RELACIONES INTERNACIONALES
a/c SECRETARIA ACADÉMICA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0322-08
ANEXO I
CONVENIO ENTRE LA UNIVERSITA' DEGLI STUDI DI PERUGIA
(ITALIA) Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(REPUBLICA ARGENTINA)
PRÓRROGA
Visto el Convenio entre la Universita degli Studi di Perugia y la Universidad Nacional de Salta, aprobada por el Senado Académico del Ateneo de Perugia el 26 de Marzo de 2002 y por el Consejo de Aministración del mismo Ateneo el 18 de Abril de 2002, y ratificado por la Universidad de Salta el 24 de Mayo de 2002, Expte. N° 114/01, Resolución R. N° 314/02;
Visto el Convenio estipulado el 24 de Mayo de 2002;
Visto el Artículo 10 del Convenio que indica:
"El presente Acuerdo permanecerá en vigora por un periodo de un año. Podrá ser renovado por igual período ante el pedido de una de las partes que debe notificar a la otra con un preaviso de por lo menos tres meses de antelación a su vencímiento. "
Considerando que las dos Universidades no han concluído con las actividades previstas en el mismo convenio;
El Rector de la Universita degli Studi di Perugia, Prof. Francesco Bistoni y el Rector de la Universidad Nacional de Salta, Prof. Estella Perez de Bianchi, establecen que el Convenio entre la Universita degli Studi di Perugia y la Universidad Nacional de Salta será prorrogado por un año y, más precisamente, el Convenio permanecerá en vigor hasta el 24 de mayo de 2008.
Firmado Firmado
EL RECTOR EL RECTOR
DE LA UNIVERTSITÁ DEGLI STUDI DI PERUGI DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
PROF. FRANCESCO BISTONI PROF. STELLA PEREZ DE BIANCHI
ANEXO II
CONVENZIONE TRA L'UNIVERSIT Á DEGLI STUDI DI PERUGIA
(ITALIA)
E
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (REPUBBLICA
ARGENTINA)
PROROGA DELLA DURATA
Vista la Convenzione tra l'Universita degli Studi di Perugia e la Universidad Nacional de Salta, approvata per l' Ateneo di Perugia dal Senato Accademico in data 26 marzo 2002 e dal Consiglio di Amministrazione in data 18 aprile 2002, e per la Universidad de Salta ratificata con effetto dal 24 maggio 2002 Expte N° 114/01, Resolución R. N° 314/02;
Vista la Convenzione stipulata in data 24 maggio 2002;
Visto l' Articolo 10 della Convenzione che cosi recita:
"La presente convenzione restera in vigore per il periodo di 1 anno. Essa potrà essere rinnovata per eguale periodo dietro richiesta di una delle parti da notificarsi all 'altra con un preavviso di almeno tre mesi dalla scadenza".
Considerato che le due Universita non hanno terminato l'effettuazione delle attivita previste all´intemo della Convenzione stessa;
Il Rettore dell'Università degli Studi di Perugia, Prof. Francesco Bistoni e il Rettore della Universidad Nacional de Salta, Prof. Estella Perez de Bianchi, stabiliscono che la Convenzione tra l'Università degli Studi di Perugia e la Universidad Nacional de Salta sarà prorogata per un ulteriore anno e precisamente sarà in vigore fino al 24 maggio 2008.
Per l´Università degli Studi di Perugia Per la Universidad Nacional de Salta
Il Rettore Il Rettore
Prof. Francesco BISTONI Prof. Estella PEREZ de BIANCHI