SALTA, 17 ABR 2008
Expte. Nº 17.551/08
VISTO la Quinta Convocatoria a Selección de Proyectos, efectuada en el marco del Programa de Proyectos de Extensión Comunitaria con Participación Estudiantil, aprobado mediante Resolución CS Nº 620/06; y
CONSIDERANDO:
QUE corresponde anualmente realizar dicha convocatoria como parte del desarrollo de los Proyectos de Extensión del referido Programa.
QUE dicha convocatoria se realizó desde la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, a través de la Dirección de Programas y Proyectos, a partir del 8 de octubre y con fecha de cierre el día 19 de noviembre de 2007, recepcionándose 26 proyectos en el término citado y según el instructivo correspondiente.
QUE la evaluación de los proyectos se realizó por el Consejo de Extensión Universitaria, según lo establece la Resolución CS Nº 620/06, con la participación de los siguientes consejeros: Lic. María Julia RIVERO – Facultad de Ciencias de la Salud, Lic. Norma NAHARRO – Facultad de Humanidades, Ing. Gloria VILLAFLOR – Facultad de Ingeniería, Lic. Diego A. ESPER – Facultad de Ciencias Económicas – Prof. Eusebio A. MENDEZ, Sede Regional Orán - Prof. Ramón CABAÑAS, Sede Regional Tartagal – Ing. Fernando CAZON NARVAEZ, la Lic. Adriana PEREYRA y el Cr. Rodolfo J. ROHRBERG por los claustros del Consejo Superior.
QUE se dispone del crédito necesario para la implementación de los proyectos, aprobado mediante Resolución CS Nº 069/08, por lo que se requiere la aprobación y asignación del financiamiento respectivo para el corriente año lectivo.
Por ello y atento a lo aconsejado por el CONSEJO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA y la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Proyecto de Extensión con Participación Estudiantil: ”Sistema de Gestión Ambiental en la Escuela”, bajo la dirección del Lic. Juan José SAUAD, asignándole el financiamiento de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) para su implementación durante el año 2008.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que el financiamiento comprometido sea puesto a disposición del Director responsable de cada proyecto. Los fondos librados deberán ser utilizados y destinados estrictamente a los fines y objetivos del proyecto, según detalle de presupuesto presentado. No podrá destinarse a gastos en útiles y equipamiento de cátedras ni viajes de participación de ponencias, jornadas, congresos y eventos de este tipo no incluidos en la formulación presentada.
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Expte. Nº 17.551/08
ARTÍCULO 3º.- Establecer que la ejecución de los proyectos, en la medida que no dependan de ciclos académicos, biológicos, climáticos o asimilables, no deberán exceder los doce (12) meses desde su implementación.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que el Director referido en el artículo 1º será responsable administrativo-económico del proyecto, y deberá presentar el informe de avance y rendición parcial en el período julio – Septiembre, fecha que determina la Secretaría de Extensión Universitaria, así como la presentación del informe y la rendición final al cabo de la ejecución del proyecto ante la Dirección de Programas y Proyectos de la Secretaría de Extensión Universitaria.
ARTICULO 5º.- Imputar la suma asignada por el artículo 1 al Item “Proyectos de Extensión Universitaria” - aprobado por Resolución CS Nº 069/08, Ejercicio 2008, para la Secretaría de Extensión Universitaria.
ARTÍCULO 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Extensión Universitaria, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto y notifíquese al Lic. Sauad. Cumplido, siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0285-08