SALTA, 08 ABR 2008
Expte. Nº 17.611/07
VISTO estas actuaciones relacionadas con el llamado a Concurso General de Antecedentes y Oposición en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, para cubrir el cargo de Director de Editorial de la Universidad Nacional de Salta, Categoría 02 del Agrupamiento Profesional del Personal de Apoyo Universitario, con dependencia de la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, convocado mediante Resolución Rectoral Nº 0054-08; y
CONSIDERANDO:
QUE el Secretario General de la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Salta (APUNSA), Sr. Héctor Martín CORREGIDOR, presenta impugnación al presente llamado, fundamentando su pedido en base a que el mismo no se encuadra en los términos del Decreto 366/06, y que la Categoría 2 no existe en la planta de cargos de esta Universidad. Asimismo agrega que mediante Resolución Nº 276/06, el Consejo Superior solicitó a las autoridades la suspensión de los llamados a concurso.
QUE Asesoría Jurídica solicitó la intervención de la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, la que mediante nota Nº 119-DGP-08, expresa:
"Visto la presente actuación y conforme a la presentación de fs. 35 de la actuación de referencia, cabe informar lo siguiente:
a) Decreto 366/06: Convenio Colectivo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales. Se establece algunos aspectos en relación al régimen de concurso que mereció por parte del Consejo Superior la consideración de ello y la necesaria adecuación del régimen vigente en ese momento.
b) En relación a la planta de personal de la Secretaría de Extensión Universitaria, cabe mencionar que se adjunta copia de la planilla resultante del reencasillamiento homologado por el Consejo Superior y en donde no se observa cargo vacante al respecto. Tal situación fue advertida a Secretaria Administrativa.
c) Con relación a la Resolución Nº 276/06 - Consejo Superior, se adjunta copia de la misma."
QUE ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 9653, el cual se transcribe a continuación:
"Visto la presentación efectuada a fs. 35 por el Sr. Secretario General de APUNSa., por la que impugna la Res. N° 54/08-R que llama a concurso general de antecedentes y prueba de oposición, para cubrir el cargo de Director de Editorial categoría 2; fundando la impugnación en cuanto a que el llamado no se encuadra en los términos del Dcto. N' 366/06, en que la categoría 2 no existe en la Planta de Cargos de esta Universidad y en que por Res. N° 276/06 el Consejo Superior solicitó la suspensión de los llamados a concurso; ante ello y en consideración a que la impugnación fue presentada en tiempo oportuno - 10 días para interponer Recurso de Reconsideración, Art. 84 - Dcto. N° 1759/72 -, por quien tiene interés legítimo, ya que la misma Res. N° 54/04-R manda a notificar a APUNSa. en su Art. 9.
Esta Asesoría Jurídica dictamina:
Que no habiéndose fundado la afirmación de que el llamado a concurso no se encuadra en los términos del Dcto. N° 366/06, tal afirmación aparece dogmática y como tal debe ser desestimada.
Que en cuanto a que la categoría 2 no existe en la Planta de Cargos de esta Universidad; respecto de lo cual se solicitó informe a Dirección General de Personal, la que sin perjuicio de señalar que no hay vacante en la Secretaría de Extensión Universitaria, desvirtúa la afirmación de APUNSa., ya que en la planilla que adjunta a fs. 39/40, si existe la categoría 2 en la Planta de Cargos de esta Universidad. Ello sin petjuicio de que la Res. N' 600/06-CS contempla en la estructura de cargos la Dirección de la Editorial en la Secretaría de Extensión Universitaria
Que conforme se señala en Dictamen Nº 9633 de esta Asesoría Jurídica que se adjunta y ratifica, la Res. N° 276/06-CS, no suspende los llamados a concurso.-
Por lo expuesto, corresponde desestimar la impugnación formulada por el Sr. Héctor Martín Corregidor, Secretario General de APUNSa.-"
Por ello:
LA RECTORA DE LA LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Desestimar la impugnación interpuesta por el Sr. Héctor Martín CORREGIDOR, Secretario General de la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Salta (APUNSA), en contra de la Resolución Rectoral Nº 0054-08, en un todo de acuerdo al Dictamen Nº 9653 de Asesoría Jurídica.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese al interesado, que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral recurso jerárquico en el plazo de quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Extensión Universitaria, Asesoría Jurídica, Dirección General de Personal, y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0220-08