SALTA, 13 MAR 2008
Expte. Nº 1.103/07
VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO PROGRAMA suscripto entre la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE las partes reconocen como los objetivos generales y específicos del Convenio-Programa, los estipulados en el Proyecto presentado por LA UNIVERSIDAD para el Apoyo a la carrera de COMPUTADOR UNIVERSITARIO dictada en la Unidad Académica denominada FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS.
QUE a fs. 15, ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 318, de fecha 08 de noviembre de 2007.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 183/07 del 21 de noviembre de 2007, mediante el cual aconseja la aprobación del Convenio de referencia.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,
EL VICIERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONVENIO PROGRAMA suscripto entre la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Sede Regional Orán, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
DRA. MARÍA CELIA ILVENTO DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIA ACADEMICA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 0123-08
ANEXO I
CONVENIO - PROGRAMA ENTRE LA SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS Y
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
Entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA, representada en este acto por el Sr. SECRETARIO DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, Dr. Alberto DIBBERN, en adelante EL MINISTERIO, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA representada por la Sra. Rectora Stella BIANCHI DE PÉREZ, en adelante LA UNIVERSIDAD, se conviene el siguiente Convenio - Programa, plurianual de tres (3) años de ejecución, el que se sujetará a las cláusulas que se detallan a continuación:
PRIMERA: OBJETIVOS
Las partes reconocen como los objetivos generales y específicos del Convenio-Programa, los estipulados en el Proyecto presentado por LA UNIVERSIDAD para el Apoyo a la carrera de COMPUTADOR UNIVERSITARIO dictada en la Unidad Académica denominada FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS y que consta en el ANEXO I como parte integrante del presente.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE EL MINISTERIO
EL MINISTERIO asume los siguientes compromisos:
Cooperar con LA UNIVERSIDAD con el fin de contribuir al logro de sus objetivos dentro del marco de la normativa vigente y de lo acordado en el presente Convenio-Programa.
Autorizar el desembolso de los fondos previstos para LA UNIVERSIDAD correspondiente al "Proyecto de Apoyo a la Formación de Técnicos Informáticos", de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias del corriente año y los subsiguientes, y sujetos a la aprobación de los informes que se requieran en la cláusula cuarta.
TERCERA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD
LA UNIVERSIDAD asume los siguientes compromisos:
Cumplir con la ejecución del proyecto presentado ante EL MINISTERIO y que fuera aprobado por éste, el que consta en el ANEXO l.
Facilitar en todo momento a EL MINISTERIO la información que sea necesaria para el seguimiento y la evaluación del presente Convenio-Programa.
Darle continuidad a la oferta educativa apoyada por el presente proyecto.
Aplicar los fondos asignados al proyecto en el destino allí establecido
CUARTA: SEGUIMIENTO DEL CONVENIO-PROGRAMA
LA UNIVERSIDAD deberá presentar a EL MINISTERIO un Informe de Avance Semestral de la ejecución del proyecto, en la fecha que sea establecida por esta última, y un Informe Final a la fecha de conclusión de la ejecución de los mismos. EL MINISTERIO proveerá los formularios y los instructivos que deberán ser cumplimentados por LA UNIVERSIDAD con este fin.
QUINTA: FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO
Los montos plurianuales globales por todo concepto, aprobados para la ejecución del proyecto que se encuentran a cargo de EL MINISTERIO ascienden a PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000).
SEXTA: FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO - FONDOS RECURRENTES
EL MINISTERIO se compromete a financiar los cargos y dedicaciones aprobados en el proyecto y cuyo detalle está en el Anexo I denominada "Consolidación de la Planta Docente", cuyas actividades se detallan en los correspondientes formularios bajo el componente. El efectivo giro de recursos se realizará a partir de la fecha en que cada agente sea designado, en el cargo aprobado por el órgano de gobierno que corresponda, y en el marco de la normativa interna de LA UNIVERSIDAD. LA UNIVERSIDAD se compromete a realizar los trámites necesarios para la designación del agente en las condiciones antes mencionadas y a asegurar que cumpla con las actividades descriptas en el proyecto.
SÉPTIMA: INCORPORACIÓN AL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS FONDOS RECURRENTES
El financiamiento previsto en la cláusula precedente será incorporado definitivamente al presupuesto de LA UNIVERSIDAD al ser aprobado el informe final del proyecto.
OCTAVA: FISCALIZACIÓN
EL MINISTERIO fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de LA UNIVERSIDAD. En particular, verificará si los fondos transferidos en virtud del presente Convenio-Programa se han aplicado estrictamente a la ejecución de los subproyectos y actividades aprobadas. A esos efectos EL MINISTERIO podrá requerir la información que considere pertinente o bien disponer la realización de auditorías.
NOVENA: INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento injustificado por parte de LA UNIVERSIDAD de cualquiera de las obligaciones a su cargo facultará a El MINISTERIO a: A) suspender la ejecución de las obligaciones a su cargo hasta tanto LA UNIVERSIDAD cumpla con las obligaciones asumidas en el presente; B) Rescindir el presente convenio.
DÉCIMA: REDUCCIONES PRESUPUESTARIAS Y/O REDUCCIÓN DE LA CUOTA FINANCIERA
En el supuesto de que con anterioridad a la transferencia efectiva de los fondos se produjera alguna reducción o disminución de cuota financiera por parte de la Secretaría de Hacienda de la Nación, o alguna alteración del presupuesto del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en lo referente a transferencias a las Universidades Nacionales, El MINISTERIO deberá convocar a LA UNIVERSIDAD a los fines de readecuar los términos y obligaciones del presente Convenio-Programa a la nueva situación.
En el caso de que alguna de las partes no pudiera efectuar esta readecuación, El MINISTERIO podrá rescindir el Convenio-Programa con el solo requisito de la notificación por medio fehaciente. LA UNIVERSIDAD no tendrá derecho a indemnización alguna por la extinción del vínculo. En tal caso, la situación de LA UNIVERSIDAD será motivo de consideración especial por El MINISTERIO en la ejecución de los próximos ejercicios presupuestarios.
UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD
LA UNIVERSIDAD es la responsable única y exclusiva de la ejecución del proyecto y se ajustará a las disposiciones del Decreto PEN N° 1023/01 y sus modificaciones, como así también de las disposiciones establecidas por la propia Universidad, de toda otra normativa aplicable y de las cláusulas del presente convenio.
DUODÉCIMA: JURISDICCIÓN. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
Las partes acuerdan que para cualquier cuestión suscitada respecto del presente acuerdo se someten a los Tribunales Federales de la Capital Federal, y constituyen domicilio en los lugares que se detallan a continuación: El MINISTERIO en calle Pizzurno N° 935 Piso 2 de la ciudad de Buenos Aires y LA UNIVERSIDAD en la calle Avenida Bolivia 5150 de la ciudad de Salta.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires, a los 03 días del mes de julio de 2007.
FIRMADO FIRMADO
ING. STELLA PEREZ de BIANCHI ALBERTO DIBBERN
RECTORA SECRETARIO DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA MINISTERIO DE EDUC, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ANEXO I
1. CARÁTULA DEL PROYECTO
1.1 .Datos de la Institución Universitaria
INSTITUCION |
Universidad Nacional de Salta |
Rector o Presidente |
Ing. Stella Maris Pérez de Bianchi |
Dirección |
Avda. Bolivia 5150 Salta |
Teléfono |
03874255427 |
Fax |
0387-425535 |
Correo electrónico |
bianchis@unsa.edu.ar |
1.2. Datos de la Unidad Académica
Unidad académica |
Facultad de Ciencias Exactas |
Decano |
Ing. Juan Francisco Ramos |
Dirección |
Avda. Bolivia 5150 - 4400 Salta |
Teléfono |
387-4255407 |
Fax |
387-4255449 |
Correo electrónico |
jramos@unsa.edu.ar |
1.3. Director general del proyecto
Nombre |
Ing. Daniel Luis Morales |
Cargo académico |
Profesor Asociado |
Cargo de gestión |
Vice Director de la Comisión de Carrera de la Licenciatura en Análisis de Sistemas |
Dirección |
Avda. Bolivia 5150 - 4400 Salta |
Teléfono |
387-4255476 |
Fax |
387-4255449 |
Correo electrónico |
dmorales@unsa.edu.ar |
2. COMPROMISO DE LA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA
Presentamos a la Secretaria de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología este proyecto acompañado de la documentación en Anexo que corresponda. Asimismo manifestamos el compromiso de las partes intervinientes en lo que respecta a los siguientes puntos:
Consolidar y darle continuidad a la oferta académica planteada en el presente proyecto.
Arbitrar todos los medios al interior de la institución para dar cumplimiento a los objetivos, las actividades y el cronograma de trabajo del proyecto.
Garantizar la rendición parcial y final de resultados e impactos institucionales del Proyecto, tanto durante su desarrollo como durante las etapas posteriores del proceso de evaluación.
Lugar y fecha: Buenos Aires, 21 de junio de 2007
FIRMA DEL RECTOR