SALTA, 27 FEB 2008


Expte. Nº 17.611/07


VISTO estas actuaciones mediante las cuales la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, solicita un nuevo llamado a concurso para la cobertura del cargo de Director de Editorial de la Universidad Nacional de Salta, Categoría 02 de la planta del Personal de Apoyo Universitario; y


CONSIDERANDO:


QUE por Resoluciones CS N° 075/99 y CS N° 265/99, se aprueba el Reglamento y la creación de la Editorial de la Universidad Nacional de Salta, bajo la dependencia de dicha Secretaria.

QUE en la primera de las citadas resoluciones se prevé para su organización la conformación del Consejo Editorial y de un Director de Editorial.


QUE en la constitución y organización del Consejo Editorial se prevé que el Director tendrá el carácter de coordinador de lo que se trate y ejecutor de lo que resuelva a nivel de ese Consejo.


QUE se cuenta con la partida presupuestaria correspondiente.


QUE dicho cargo se cubrirá por Concurso de Antecedentes y Oposición acorde normativa vigente en materia de concursos para el Personal de Apoyo Universitario, Res. CS N° 687/88 y modificatorias.


QUE se establecen las misiones y funciones para el cargo en cuestión.


QUE a fin de dar cumplimiento a lo indicado precedentemente y posibilitar la normalización del funcionamiento del Consejo Editorial y la Editorial, conformado en la actualidad con representantes de las Facultades y Sedes Regionales, se dictó la Res. R. N° 0945/05 que constituye formalmente el mencionado Consejo y delega en el Secretario de Extensión Universitaria la función de Director de Editorial hasta la cobertura por concurso del cargo de Director de Editorial.


QUE se establecen para ello las condiciones generales y particulares y las misiones y funciones correspondientes, definiendo el cargo motivo del concurso dentro del Agrupamiento Profesional.


QUE el Jurado que entenderá el llamado, en virtud de la especificidad del cargo, debe constituirse con personas idóneas y de reconocida experiencia.


QUE teniendo en cuenta el inciso d) del artículo 11 de la Resolución CS-N° 687-88, que expresa: "...En casos excepcionales podrán integrar el jurado, personas de méritos reconocidos en la función...", y que la planta del personal de la universidad no cuenta con agentes que reúnan las condiciones que se requiere para ser jurado en el cargo motivo del concurso, se incluye al Lic. Miguel Angel TRESPIDI, Director de la Editorial de la Universidad Nacional de Río Cuarto, Sr. Rodolfo Nicolás CAPACCIO, Director de la Editorial de la Universidad Nacional de Misiones, Dra. Sara MATA, Directora del CEPlHA de la Universidad Nacional de Salta, Lic. Maria Ángela AGUILAR. Universidad Nacional de Salta, Ing. Horacio FLORES - Docente de la Facultad de Ingeniería - Universidad Nacional de Salta.


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Expte. Nº 17.611/07




QUE la Resolución CS-Nº 543/05 del Consejo Superior, interpreta que el Jurado Propuesto se encuadra en el Artículo 11 de la Resolución CS-Nº 687/88 – Reglamento para el Ingreso y Promoción del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Salta y asimismo dispone que a través de Rectorado se de continuidad al concurso, estableciendo el orden del Jurado.


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Llamar a un nuevo Concurso Interno de Antecedentes y Oposición en el ámbito de Rectorado de la Universidad Nacional de Salta, para cubrir el cargo de Director de Editorial de la Universidad Nacional de Salta, Categoría 02 del Agrupamiento Profesional del Personal de Apoyo Universitario, con dependencia de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, el que se regirá por las normas dispuestas por la Resolución Nº 687/88 y sus modificatorias.


ARTÍCULO 2º.- Establecer las siguientes Condiciones Generales y Particulares que incluyen la remuneración mensual y horario de trabajo para el cargo en cuestión:


CONDICIONES GENERALES y PARTICULARES



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Expte. Nº 17.611/07



ARTÍCULO 3º.- Establecer las Misiones y funciones del cargo, las que a continuación se detallan:


MISIONES Y FUNCIONES DEL CARGO,


Misión:



Funciones:



ARTÍCULO 4º.- Exceptuar de acuerdo a lo establecido en la Resolución CS-Nº 543/05 y conforme lo establecido en el inciso d), del artículo 11 de la Resolución CS-N° 687-88, que expresa: "...En casos excepcionales podrán integrar el jurado, personas de méritos reconocidos en la función..."; en el sentido de que las personas propuestas y citadas en los considerandos puedan constituir el jurado.


ARTÍCULO 5º.- Integrar el Jurado que entenderá en el Llamado a. Concurso de Director de Editorial de la siguiente manera:


TITULARES



SUPLENTES


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Expte. Nº 17.611/07




ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido el siguiente CRONOGRAMA:



ARTÍCULO 7º.- Invitar a la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Salta (A.P.U.N.Sa.), para que designe veedor gremial para el presente concurso.


ARTÍCULO 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Institutos de Educación Media, APUNSA, y Dirección de Relaciones Públicas. Cumplido siga a la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0040-08