SALTA, 19 FEB 2008


Expte. Nº 1.099/07


VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 1461/07, de fecha 13 de noviembre de 2007; y


CONSIDERANDO:


QUE por la citada resolución se designa al alumno José Dario PLAZA, como Pasante Estudiantil para efectuar tareas en la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, con el cumplimiento de veinticinco (25) horas semanales, en el horario de 8:00 a 13:00, de lunes a viernes, con efecto al 16 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2007, con una asignación estímulo mensual de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00).-


QUE el Sr. Secretario de Cooperación Técnica, Ing. Adolfo RIVEROS ZAPATA, solicita la prórroga de su designación a partir del 1º de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2008, para realizar las tareas de: carga de información a la base de datos y tareas de apoyo administrativo, en el horario de 8 a 14 horas, con una asignación estímulo mensual de PESOS SEISCIENTOS ( $ 600,00).-


QUE asimismo deja aclarado que la cobertura de dicha pasantía se imputará al presupuesto de la Secretaría de Cooperación Técnica como así también que será de aplicación el Decreto Nº 366/2006 sobre licencias, justificaciones y franquicias.


Por ello:


EL VICERRECTORA A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la designación del alumno José Dario PLAZA, D.N.I. Nº 29.735.976, alumno de la carrera de Contador Público Nacional de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, como Pasante Estudiantil para efectuar tareas en la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, en el horario de 8:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, a partir del 1º de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2008, con una asignación estimulo mensual de PESOS SEISCIENTOS ($ 600,00).


ARTÍCULO 2º.- Dejar aclarado que el Ing. Adolfo RIVEROS ZAPATA se desempeñará como tutor del Sr. PLAZA.


ARTÍCULO 3º.- Establecer que será de aplicación el Decreto Nº 366/2006 sobre licencias, justificaciones y franquicias, atento a la Ley 25.165 de pasantias educativas que prevé en el artículo 16: “Los pasantes recibirán, también con arreglo a las características del trabajo que realicen, todos los beneficios regulares que se acuerden al personal de las empresas u organismos en los que se desempeñe (comedor , vianda , transporte, francos y descanso). Paralelamente deberán cumplir con los reglamentos internos de los mismos.”


ARTÍCULO 4º.- Imputar el gasto que demande la cobertura de esta pasantia en la respectiva partida presupuestaria de la Secretaría de Cooperación Técnica.


ARTÍCULO 5.º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

AJCH.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 0015-08