SALTA, 20 DIC 2007
Expte. Nº 986/07
VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS suscripto entre la EMPRESA ALEXANDER GOLD GROUP LTD Sucursal Argentina y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y ECODESARROLLO (IRNED) dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y
CONSIDERANDO:
QUE por el mencionado Convenio la Universidad brindará asistencia técnica a la empresa para el desarrollo del Proyecto León, destinado al "ESTUDIO PARA EL MANEJO DEL SUELO ORGÁNICO Y PLAN DE FORESTACIÓN EN SECTORES DISTURBADOS".
QUE a fs. 88, ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 275, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 161/07 del 17 de octubre de 2007, mediante el cual aconseja la aprobación del Convenio de referencia.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS suscripto entre la EMPRESA ALEXANDER GOLD GROUP LTD Sucursal Argentina y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y ECODESARROLLO (IRNED) dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Naturales, IRNED, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1705-07
CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
ENTRE LA EMPRESA ALEXANDER GOLD GROUP L TD.
Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
Entre la empresa ALEXANDER GOLD GROUP LTD. Sucursal Argentina, en adelante "la empresa", representada por su apoderado Angus H. INNES, con domicilio en calle Ejército del Norte N° 90 de la ciudad de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través Instituto de Recursos Naturales y Ecodesarrollo (IRNED) dependiente de la Facultad de Ciencias Naturales, en adelante La Facultad, representados por su Rectora lng. Agr. Stella Maris PÉREZ DE BIANCHI y el Sr. Decano de la Facultad Dr. Guillermo Andrés BAUDINO, con domicilio en Avda. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta. Las partes acuerdan celebrar el presente convenio en consideración a:
Que el proyecto León persigue como objetivos: La explotación de depósitos de minerales de cobre (Cu) y plata (Ag), de tipología estratoligados y el procesamiento de los minerales extraídos en bruto utilizando la técnica de electro obtención para la producción de cobre y plata metálicos.
Que la explotación del yacimiento es a cielo abierto por el método tradicional de banqueo, carga y transporte de camiones.
Que dentro de las etapas están previstas acciones de remediación y recuperación en el área de la mina, el plan contempla: el saneamiento, adecuación y/o recuperación de las áreas afectadas por deforestación, alteración geomorfológica, disposición o retiro de residuos y modificaciones hidrológicas y, por otra parte, la remoción de todas las estructuras de hormigón y equipos construidos e instalados durante la vida de la mina.
Que el IRNED está en condiciones de brindar asistencia técnica mediante el estudio para el manejo del suelo orgánico y plan de forestación en sectores disturbados.
Que este tipo de servicio está previsto en el Reglamento de Prestación de Servicios Técnicos de la Universidad Nacional de Salta, siendo de aplicación el mismo a todos sus efectos.
Las partes se regirán por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETIVO: "La Universidad" brindará asistencia técnica a "la empresa" para el desarrollo del Proyecto León, destinado al "Estudio para el manejo del suelo orgánico y plan de forestación en sectores disturbados".
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
La Facultad a través del Instituto de Recursos Naturales y Ecodesarrollo se compromete a realizar las siguientes tareas:
Determinación de los sitios más adecuados para la reubicación del suelo orgánico extráidos de los sectores a ser desmontados.
Recuperación de retoños de especies autóctona, previo al desbroce y
deforestación con el objeto de su conservación en viveros para utilizarlos luego en las tareas de reforestación y re-vegetación.
Determinación de sitios adecuados para la ubicación de viveros donde se mantendrá el material vegetal (autóctono) vivo con destino a la reforestación y revegetación de los sitios alterados o a recuperar.
Manejo y tratamiento del suelo orgánico extraído con el objeto de su conservación en los sitios de depósito transitorio hasta su utilización en los sectores de recuperación y adecuación.
Procesamiento del material más fino (follaje y ramas de pequeño diámetro) proveniente del desbroce, con el objeto de generar residuos que se utilizarán para la producción de compost que se podrá utilizar como mejorador de suelos y como cobertura orgánica.
Distribución del suelo orgánico, re-vegetación y reforestación de los sectores de depósito de material de descarte (estéril) proveniente de la explotación minera.
Estabilización y re-vegetación de sectores que serán abandonados tanto en las etapas previas y durante la explotación y al finalizar la misma, en la etapa de cierre de la mina.
Redacción de todos los procedimientos necesarios para llevar adelante las tareas descriptas en los párrafos anteriores.
Análisis de material bibliográfico y de experiencias similares relacionadas con todas las tareas previstas en el estudio.
Visitas a campo para el análisis de los sitios donde se ubicarán los depósitos de material orgánico, los viveros y las estructuras de control de erosión; y
Cartografía digital e impresa con la localización de los depósitos transitorios de suelo orgánico y compost de los viveros y de otras estructuras para la contención y estabilización de sectores con problemáticas de erosión hídrica. Se utilizará como referencia cartográfica al Sistema POSGAR, Proyección Conforme de Gauss krÜger, Faja 3, coordenadas en metros.
Redacción de informes parciales y finales.
La empresa se compromete a:
Facilitar los medios necesarios para el cumplimiento de los objetivos previstos en el presente convenio.
Abonar a la Universidad en tiempo y forma el importe pactado en la cotización.
TERCERA: PLAZOS E INFORMES DE AVANCE:
El plazo de entrega del informe final está previsto en 30 días, con la presentación de por lo menos un informe de avance a mediados de la ejecución del estudio.
CUARTA: COTIZACIÓN:
El monto cotizado es de $ 37.080 (Pesos: Treinta y siete mil ochenta)
QUINTA: RESPONSABLES
La Facultad designa como responsable al Director deI IRNED, Lic. Virgilio NUÑEZ.
La empresa designa como responsable a su Apoderado Sr. Angus H. INNES.
SEXTA: CONFLICTOS
En caso de conflictos las partes se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.
OCTAVA: DURACIÓN El convenio tendrá una vigencia de treinta días a partir de la fecha de su firma.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 18 días del mes de octubre del año 2007.
Firmado Firmado
ANGUS H. INNES ING.AGR. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI
APODERADO RECTORA
ALEXANDER GOLD GROUP LTD UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
DR. GUILLERMO A. BAUDINO
DECANO
FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES - UNSA