SALTA, 13 NOV 2007
Expte. Nº 12.376/07
VISTO estas actuaciones, por las cuales la Méd. Elizabeth Cristina FERRER, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación exclusiva de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, solicita FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para el pago de cuotas correspondientes a la carrera de posgrado Especialidad en Docencia Universitaria de la citada Facultad; y
CONSIDERANDO:
QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente, aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y modificatoria.
QUE mediante Resolución Nº 446/07 la citada Facultad solicita al CONSEJO SUPERIOR se asigne a la Lic.FERRER la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 880,00).
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA en su Despacho Nº 136/07 de fecha 29 de octubre de 2007 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Asignar a la Méd. Elizabeth Cristina FERRER, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación exclusiva de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 880,00), del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para realizar el pago de las cuotas correspondientes a la carrera de posgrado Especialidad en Docencia Universitaria organizado por la citada Facultad en esta Universidad.
ARTICULO 2º.- Establecer que la docente mencionada en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.
ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Facultad de Cs. De la Salud y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la FACULTAD DE CS. DE LA SALUD, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1469-07