SALTA, 01 NOV 2007
Expte. Nº 4.888/06
VISTO estas actuaciones relacionadas con los PROTOCOLOS COMPLEMENTARIOS suscritos entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Centro de Investigaciones Socioeducativas del Norte (CISEN) de la FACULTAD DE HUMANIDADES, y la UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA - CHILE, la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA JUAN MISAEL SARACHO y la UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS, ambas de BOLIVIA; y
CONSIDERANDO:
QUE mediante Resoluciones - H - Nros. 160, 161 y 162-07, el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, aprueba los términos de dichos Protocolos.
QUE los mismos tienen como eje, los comunes objetivos, intereses y actividades que las Instituciones desarrollan sobre Educación, campo pluridisciplinario de estudios académicos y de aplicación de estrategias intra, inter y extrauniversitarias, ya que comunican con los poblemas educativos de la sociedad en su conjunto.
QUE los mencionados Protocolos tienen como objetivo realizar actividades de docencia, de postgrado, intercambio de estudiantes, intercambio de profesores, intercambio bibliográfico y conformación de redes de docencia e investigación.
QUE ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 9106, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despachos Nros. 058, 059 y 060/07, mediante los cuales aconseja la aprobación de los Protocoles de referencia.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COORDINACIÓN DE POSTGRADO y RELACIONES INTERNACIONALES y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Homologar las Resoluciones - H - Nros. 160, 161 y 162-07, del CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, mediante las cuales se aprueban los términos de los Protocolos Complementarios suscritos entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Centro de Investigaciones Socioeducativas del Norte (CISEN) de la FACULTAD DE HUMANIDADES, y la UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA - CHILE, la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA JUAN MISAEL SARACHO y la UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS, ambas de BOLIVIA.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Facultad de Humanidades, Dirección General de Administración y notifíquese a los interesados. Cumplido, siga a la FACULTAD DE HUMANIDADES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
DRA. MARÍA CELIA ILVENTO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ACADEMICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1415-07