SALTA, 18 de setiembre de 2007.


Expte. Nº 22.096/04


VISTO las presentes actuaciones y el pedido efectuado por la Sra. Directora del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, Bioq. Alicia Margarita FERNÁNDEZ de VOEFFREY; y


CONSIDERANDO:


QUE por el mismo solicita la continuidad en la modificación de los cargos de la Prof. María Dolores BAZÁN – P.T.P.4 (12 U.H.) a P.T.P.3 (18 U.H) y del Prof. Germán Adrián COLQUE - P.T.P.4 con 12 U.H. a un (1) P.T.P.3 con 18 U.H, docentes de dicho INSTITUTO, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2007.


QUE dichas modificaciones fueran autorizadas mediante Resoluciones Rectorales Nº 1556-04 y 1421-05, por los años 2005 y 2006, respectivamente.-


QUE mediante Resolución CS Nº 218-07, de fecha 06 de julio de 2007, se prorroga, entre otra, hasta el 31 de diciembre de 2007, la vigencia de la Resolución CS Nº 333/06, por la que se incorporó a la Planta de Personal Docente de los Institutos de Educación Media de esta Universidad, el monto equivalente a veintinueve (29) horas cátedra.


Por ello:


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Disponer la continuidad de la modificación de los siguientes cargos del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, con efecto al 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2007:



ARTÍCULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las Economías de la Planta del Personal Docente correspondiente al Ejercicio Económico Financiero 2007.-


ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Administración y de Personal, Instituto de Educación Media Tartagal y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1164-07

JG.