SALTA, 18 MAY 2007




Expte. Nº 832/06



VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO suscripto entre la EMPRESA SALTAPETROL S.R.L. y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el objetivo del presente Protocolo es contemplar la realización de trabajos de análisis, investigación y desarrollo, en temas relacionados con la planta existente en el Parque Industrial de Gral. Güemes, ubicada en el departamento de Güemes, Provincia de Salta. Dichos trabajos serán realizados en el Laboratorio de Química Orgánica.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 25 tomó la debida intervención, mediante Dictamen Nº 9011.


QUE a fs. 52 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 040/07, en el cual aconseja la aprobación del citado Protocolo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO suscripto entre la EMPRESA SALTAPETROL S.R.L. y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Exactas y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG Firmado

ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0443-07




ANEXO I


PROTOCOLO ENTRE LA EMPRESA

SALTAPETROL SRL

Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, con domicilio en Avda. Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta, en adelante "la Universidad", representada en este acto por su Rectora Ing. Agr. Stella Maris Perez de Bianchi, y por el Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Exactas, Ing. Juan Francisco Ramos, y la empresa SALTAPETROL SRL, con domicilio en Avda. Asunción Nº 2881 de la ciudad de Salta, representada en este acto por su Sr. Gerente Ing. Facundo J. Rodriguez, en adelante "la empresa" , en el marco del Convenio Marco de Cooperación suscripto entre las partes, aprobado por Resolución R – Nº 1184-06. Se acuerda celebrar el presente Protocolo de asesoramiento y control de calidad, el que se regirá por el Reglamento de Prestación de Servicios Técnicos, Resolución CS – Nº 433-90, y por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: Objetivo:

El presente Protocolo contempla la realización de trabajos de análisis, investigación y desarrollo, en temas relacionados con la planta existente en el Parque Industrial de Gral. Güemes, ubicada en el departamento de Güemes, Provincia de Salta. Dichos trabajos serán realizados en el Laboratorio de Química Orgánica.


SEGUNDA: Descripción del Trabajo

Los trabajos a realizar por la Universidad, incluirán las siguientes tareas:

  1. 1.- Asesoramiento.

  2. 2.- Análisis de productos y control de calidad en laboratorio y en planta.

  3. 3.- Desarrollo de nuevos proyectos productivos relacionadas con el área de trabajo de empresa


TERCERA: Plazo de ejecución

Las tareas de investigación y desarrollo se llevarán a cabo en un período de un año con renovación automática por igual período, hasta un máximo de cuatro años, las que serán fijadas de común acuerdo teniendo en cuenta las necesidades que se presenten.


CUARTA: Obligaciones de la empresa se compromete a facilitar la información que a los fines específicos del trabajo del presente protocolo fuera necesario, e ingresar a la Universidad en tiempo y forma el pago de los importes establecidos en la cláusula sexta del presente protoclo.


QUINTA: Uso de los resultados


Los datos y resultados obtenidos como concecuencia del presente protocolo serán de exclusivo uso de Saltapetrol, y sólo bajo su expresa autorización podrán ser utilizados con otros fines determinados.

SEXTA: Presupuesto:

El presupuesto total para el desarrollo de las tareas enumeradas en la cláusula segunda es de $ 7.200 (Pesos. SIETE MIL DOSCIENTOS).

Forma de pago: Cuotas bimestrales de $ 1.200 (Pesos: UN MIL DOSCIENTOS) cada una.

SEPTIMA: Responsables

La Universidad designa como responsable al Ing. Locatelli Silvano, Profesor Titular de Química Orgánica del Departamento de Quimica, de la Facultad de Ciencias Exactas, quien se compromete a dar cumplimiento a las particulares obligaciones respecto del colegio profesional y organismo de recaudación impositiva, en relación al objeto de este protocolo.

La Empresa designa como responsable operativo al Ing. Facundo J. Rodriguez.


OCTAVA: Informes periódicos

La Universidad elevará informes con conclusiones, recomendaciones y demás detalles que permita satisfacer las necesidades de la empresa.



En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Salta a los veinticuatro días del mes de Abril del año año dos mil siete.



FIRMADO FIRMADO

ING. FACUNDO J.RODRIGUEZ ING. AGR STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

GERENTE RECTORA

SALTAPETROL S.R.L. UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA



FIRMADO

ING. JUAN FRANCISCO RAMOS

DECANO

FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS