SALTA, 09 ABR 2007
Expte. Nº 324/07
VISTO el deceso del Prof. Carlos FUENTEALBA, docente de la Provincia de Neuquén; y
CONSIDERANDO:
Que tanto el firmante como la Sra. Rectora de esta Universidad, en nombre de la Comunidad Universitaria, manifiestan su dolor.
Dolor que se empaña de indignación y repudio ante la vandálica represión ordenada por el gobierno provincial de Neuquén.
Dolor que nos retrotrae al pasado, a tiempos que deseamos olvidar.
Dolor que hoy más que nunca nos hace solicitar a las autoridades correspondientes (tal como lo establece la Constitución Nacional) que respeten el derecho fundamental de enseñar y aprender.
Porque la Sociedad Argentina se lo merece.
Porque nuestros niños y jóvenes lo esperan.
Porque la EDUCACION ES UN BIEN SOCIAL, y por lo tanto es obligación de los Estados responder por ella.
Porque no podemos renunciar a la utopía de apostar a la Educación como proyecto de futuro, única posibilidad de lograr una sociedad mejor y comprometida con los principios democráticos.
Principios democráticos que demandaba Carlos FUENTEALBA, cuando fue brutalmente asesesinado.
Principios que seguiremos demandando y que hoy lo hacemos con esta frase que recorre el país:
LAS TIZAS NO SE MANCHAN DE SANGRE.
TODOS SOMOS CARLOS FUENTEALBA.
Por ello:
EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
ad-referendum del CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Expresar el profundo pesar de esta Universidad ante el deceso del Prof. Carlos FUENTEALBA, docente de la Provincia de Neuquén, en un todo de acuerdo al exordio.
ARTICULO 2º.- Públiquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese con copia a las Secretarías, Facultades, Sedes, Institutos de Educación Media, Secretaría, Direcciones Generales, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna, Consejo de Investigación y Dirección de Relaciones Públicas. Cumplido siga a la SECRETARIA DEL CONSEJO SUPERIOR para su toma de razón y demás efectos.
JG.
Firmado Firmado
PROF. MARTA ZULMA PALERMO DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIA ACADEMICA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 0275-07