SALTA, 21 FEB 2007
Expte. Nº 23.789/06
VISTO
que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA recibe diferentes subsidios para
atender la administración y desarrollo de programas y
actividades específicas; y
CONSIDERANDO:
QUE
dichos fondos tienen destino específico, no se encuentran
específicamente regulados por el Consejo Superior y se
requiere agilidad en el empleo de los mismos.
QUE en todos los casos se destinan a actividades preestablecidas por convenios suscriptos oportunamente y cuya rendición de cuentas se debe realizar ante las entidades financiadoras.
QUE a los efectos de agilizar el desarrollo de Programas y actividades específicas se hace necesario establecer en cada caso cuál será la Unidad de Gestión, Secretaría o Consejo y persona responsable de la administración de los fondos, número de cuenta donde se depositará el subsidio, así como su rendición ante los organismos otorgantes.
QUE se han recibido sugerencias al respecto por parte del Sr. Director General de Administración, cuya copia inicia el presente expediente.
QUE también se hace necesario dejar debidamente aclarado cuál será la fuente de financiamiento que corresponde.
QUE a fs. 7 obra informe de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, en el cual sugiere que en el proyecto se incluya, en todos los casos, la descripción y detalle de las normas a aplicar en la rendición de los fondos.
QUE fs. 8 ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 9104, el cual se transcribe a continuación:
“Viene a consulta el presente expediente respecto de un proyecto de Resolución atinente a manejo y rendición de fondos provenientes de convenios que realiza esta Universidad y, en los que interviene la Secretaría de Cooperación Técnica.
El proyecto obra a fojas 4 a 6 de estos actuados, presentado por el Licenciado Miguel Nina en su carácter de Director General de Administración y, con informe ampliatorio, de fojas 07 del C.P.N. Sergio E. Villalba en su carácter de Auditor Titular de la Unidad de Auditoría Interna de la Universidad.
Analizado, este Servicio Jurídico aconseja dimensionar la magnitud del trabajo, que la recepción, manejo y rendición de fondos, de la multiplicidad de convenios que se llevan en esta Universidad ocasionará a dicha oficina, por lo que se aconseja dotar a la reglamentación que se proyecta, en la medida de las posibilidades, de normas de funcionamiento y cumplimiento de plazos, que coadyuven a que, Cooperación Técnica cumpla en tiempo y forma con las normas de rendición establecidas por Tesorería General y/o las normas vigentes para rendiciones en general, ya que en definitiva será, todo lo que ocurra en el manejo de fondos, responsabilidad final de la Dirección General de Administración de esta Universidad.
Asimismo, se aconseja que el personal que lleve a cabo las tareas relativas a manejo de los fondos, rendiciones, etc. sea personal de planta de esta Universidad, a fin de que pueda ser objeto de control de su responsabilidad administrativa en el trabajo encomendado, ya que al ingresar fondos a esta Administración, cualquiera sea su origen, éstos deben tener el tratamiento de los fondos públicos.
Por
ello:
LA
RECTORA DE LA UNIVERSIDADNACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO
1º.- Disponer que los subsidios que reciba la UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SALTA para atender el desarrollo de programas y
actividades establecidas por convenios suscriptos oportunamente,
cuyos fondos tienen destino específico y no se encuentran
particularmente regulados por el Consejo Superior, ingresarán
a la Cuenta General de la Universidad, por medio de la
Tesorería.
ARTICULO 2º.- Dejar establecido que
para cada Programa y/o actividad específica se emitirá
una resolución indicando el monto, número de la cuenta
en que se depositará el subsidio, nombre del programa o
actividad y Unidad de Gestión, Secretaría o Consejo y
persona responsable de la administración, ejecución del
Programa o actividad y detalle de las normas a aplicar en la
rendición de los fondos recibidos de acuerdo con las
especificaciones generales y particulares que requiera la
organización financiadora.
ARTICULO 3º.-
Establecer que dicha Unidad de Gestión, Secretaría o
Consejo realizará la correspondiente rendición de
cuentas ante el organismo otorgante del subsidio y una vez aceptada
por éste, se efectuará la registración del
descargo correspondiente en esta Universidad, sin más trámite,
debiendo considerar que el plazo a cumplir para la rendición
será el que se establezca en cada Manual Operativo o en las
Normas Generales de la Universidad, según dependa.
ARTICULO
4º.- Establecer que la fuente de financiamiento correspondiente
a los "Recursos para programas y actividades específicas"
se registrarán en F.F. 13 y de ser necesario realizar ajustes,
éstos se realizarán con la presentación de la
Cuenta General del Ejercicio.
ARTICULO 5º.- Publíquese
en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a
Rectorado, Secretarías, Facultades, Sedes Regionales,
Dirección General de Administración, Tesorería
General, Dirección de Contabilidad, Dirección de
Patrimonio, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría
Interna, SIGEN, Coordinación de Posgrado y Relaciones
Internacionales y Consejo de Investigación. Cumplido siga a la
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, para su toma de razón y
demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN
- R - Nº 0107-07