SALTA,28 de diciembre de 2006.
Expte. Nº 23.709/06
VISTO estas actuaciones relacionadas con la Ley Nº 22.929 mediante la cual se crea el RÉGIMEN PREVISIONAL PARA INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS, en el cual se incluye, entre otros, a los docentes con dedicación exclusiva dependientes de las Universidades Nacionales; y
CONSIDERANDO:
QUE por resolución CS Nº 249/06 se establece el alcance de dicha Ley a todos los docentes exclusivos de esta Universidad como única condición como así también a los docentes que en la actualidad se desempeñen como funcionario, que provengan de cargos docentes exclusivos y que realicen actividades de investigación.
QUE se encuentra vigente el Decreto Nº 160/05 mediante el cual se instituye un aporte diferencial del 2% a partir de las remuneraciones del mes de mayo de 2005, por parte de los investigadores científicos y tecnológicos a los que refiere la Ley 22.929.
QUE la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL realiza un análisis detallado de la situación y adjunta las planillas correspondientes para cada caso.
QUE a fs. 8 se agrega el pedido efectuado por la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Salta (ADIUNSA) en referencia a la aplicación de dicho Decreto a un grupo de docentes investigadores que no habían sido incluidos oportunamente.
QUE a fs. 9 la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL realiza un nuevo informe de fecha 27 de noviembre de 2.006 y solicita la emisión de la resolución rectoral respectiva con las consideraciones de cada caso.
Por ello y atento a lo aconsejado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL y la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a rectificar las Declaraciones Juradas - F. 931 - SUSS desde mayo de 2005 a la fecha derivadas de la aplicación de la Resolución CS-Nº 249/06.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a efectuar el pago por TESORERÍA GENERAL resultante de las rectificaciones realizadas en el ítem anterior.
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Expte. Nº 23.709/06
ARTÍCULO 3º.-. Aprobar el plan de pago consensuado y convalidar los descuentos realizados por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL en relación a los funcionarios comprendido en el Artículo 5° de la Resolución CS-Nº 249/06 (Planilla A - fs. 03) hasta lograr el reintegro del importe resultante de las rectificaciones realizadas respecto de cada funcionario en particular.
ARTÍCULO 4º.- Convalidar los descuentos efectuados por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL conforme al plan de pago consensuado oportunamente con el personal docente exclusivo comprendido en el Artículo 5° de la Resolución CS-Nº 249/06 (expuesto parcialmente en la planilla D - fs. 06) hasta el mes de octubre del corriente año.
ARTÍCULO 5º.-. Tener por autorizado, a partir del mes de noviembre del corriente año, a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, a efectuar el descuento mensual correspondiente a cada docente exclusivo en un importe igual a cada una de las cuotas no descontadas oportunamente, en un todo de acuerdo a lo peticionado por ADIUNSA.
ARTÍCULO 6º.- Autorizar que el pago de los intereses por mora que ocasione las rectificaciones citadas precedentemente sean imputadas a cada dependencia¡ proporcional al monto del personal afectado de cada una de ellas.
ARTICULO 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Facultades, Sedes Regionales, Consejo de Investigación e Institutos de Educación Media, Direcciones Generales de Administración y de Personal. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1316-06
JG.