SALTA, 13 DIC 2006
Expte. Nº 19.142/06
VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 0678-06 de fecha 26 de julio de 2006; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma se asigna al al Prof. Eusebio MÉNDEZ, Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de la Sede Regional Orán, la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 50/100 ($ 969,50) del Fondo de Capacitación Docente, para que el citado docente continúe con el cursado del Postgrado “Magister en Tecnología Informática aplicada a la Educación”, que se dicta en la Universidad Nacional de la Plata.
QUE por resolución Nº 183-06, la citada Sede Regional otorga una ayuda económica de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 16/100 ($ 155,16) al Prof. MÉNDEZ, los que se agregan a los fondos asignados por Resolución Rectoral Nº 0678-06.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA en su Despacho Nº 216/06 de fecha 20 de noviembre de 2006 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Asignar al Prof. Eusebio MÉNDEZ, Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de la Sede Regional Orán, la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 16/100 ($ 155,16) del Fondo de Capacitación Docente de la citada Sede, en carácter de suplemento a lo ya otorgado por Resolución Rectoral Nº 0678-06.
ARTICULO 2º.- Establecer que el docente mencionado en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.
ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Sede Regional Orán y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SEDE REGIONAL ORÁN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1240-06