SALTA, 04 DIC 2006
Expte. Nº 17.025/06
VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 0942-06 de fecha 9 de octubre de 2006;y
CONSIDERANDO:
QUE por el artículo 6º de la mencionada resolución se resuelve autorizar que a la Srta. Jessica Paola PERALTA, alumna reinscripta en el presente año lectivo en el Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”, quien figura en la Resolución Rectoral Nº 0628-06 con una Beca Parcial, se le realice el pago de la suma de PESOS CUARENTA ($ 40,00) mensuales, con efecto retroactivo al 1º de marzo y hasta el 31 de octubre de 2006, en concepto de diferencia de categoría de Beca Parcial a Beca Total.
QUE la Comisión de Becas solicita se prorrogue la asignación de dicha beca desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre, debido a la crítica situación por la que atraviesa la familia de la Srta. Peralta.
Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARÍA ACADÉMICA,
EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar a la Srta. Jessica Paola PERALTA, D.N.I. Nº 35.912.506, alumna reinscripta en el presente año lectivo en el Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”, la Beca Total, consistente en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA ($ 140,00) mensuales, con efecto retroactivo al 1º de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2006.
ARTÍCULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las partidas 5.1.3:BECAS, correspondiente al presupuesto por el corriente ejercicio.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Departamento de Becas, Comisión de Becas y Tesorería General. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 1181-06