SALTA, 19 OCT 2006





Expte. N° 18.026/06



VISTO este expediente y la Resolución Rectoral Nº 0464-06 por la cual se llamó a Licitación Pública Nº 03/06, para la Ejecución de la Obra N° 068: SEDE REGIONAL TARTAGAL - AULA, en la ciudad de Tartagal, provincia de Salta; y


CONSIDERANDO:

QUE se ha efectuado la apertura de cinco (5) ofertas presentadas en el día y hora fijados, de acuerdo a la publicación del llamado efectuado en medios oficiales y privados, de acuerdo al siguiente detalle:



QUE en la presente Licitación se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado y la Ley 13.064 de Obras Públicas.


QUE en fs. 91/98 la Comisión de Preadjudicación designada al efecto, emite informe de fecha 8 de agosto de 2006, en el cual resuelve preadjudicar la Licitación Pública Nº 03/06 para la Ejecución de la Obra N° 068: SEDE REGIONAL TARTAGAL - AULA, en la ciudad de Tartagal, provincia de Salta, a la EMPRESA DE SERVICIOS Y OBRAS S.R.L. con domicilio en calle Alvear Nº 442, de la ciudad de Salta, por la suma de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.039.405,75), en un todo de acuerdo al legajo de Obra, su oferta, aclaraciones y certificado para licitar emitido por el Registro de Construcciones de Obras Públicas, por cumplir con todos los requisitos establecidos y resultar la oferta más conveniente.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:




ARTICULO 1º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 03/06, para la Ejecución de la Obra N° 068: SEDE REGIONAL TARTAGAL - AULA, en la ciudad de Tartagal, provincia de Salta, a la EMPRESA DE SERVICIOS Y OBRAS S.R.L. con domicilio en calle Alvear Nº 442, de la ciudad de Salta, por la suma total de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.039.405,75).


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que La Contratista acepta según pliego y Decretos PE N° 1295/02, N° 1953/02, resoluciones ME y SOP N° 396/02, N° 107/02 y Resolución SIGEN Nº 157/02 que en el reconocimiento de Redeterminación de Precios, el 10% (diez por ciento) del valor de cada ítem, no sufrirá variación alguna, pese a que en los análisis de precios presentados por la Contratista se consigna Gastos Generales 0% (cero por ciento) y Beneficios 0% (cero por ciento). Por lo tanto, el porcentaje de la variación de tal Redeterminación de Precios, se aplicará sobre el 90% (noventa por ciento) del precio adoptado del ítem.


ARTICULO 3º.- Imputar la suma de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.039.405,75), a la Partida 4.2. CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO - Dependencia 99-00 – Fuente de Financiamiento 16 del Presupuesto de la Universidad para el correspondiente ejercicio.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretaría del Consejo Superior, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0987-06