SALTA, 28 AGO 2006


Expte. Nº 17.008/06


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada a fs. 14 por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita que los Sres. Gustavo Javier MEDEIROS y Víctor Manuel RIVERO, personal del Programa Alternativo de Limpieza continúen prestando servicios en el Departamento de Educación Física y Deportes de esa Secretaría, con efecto al 1º de junio y hasta el 31 de diciembre de 2006.


QUE a partir del 1º de junio del corriente año rige la aplicación efectiva del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por Decreto Nº 366/06, el cual en su Artículo 74 prevé el pago de horas extras, por exceso de jornada habitual de trabajo.

Por ello y atento a lo dispuesto en la Resolución CS-Nº 325/06,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por autorizada la liquidación y pago de Horas Extras, por exceso de su jornada habitual de trabajo, previsto en el Articulo 74 del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por el Decreto Nº 366/2006, a favor de los siguientes agentes, con efecto al 1 de junio y hasta el 31 de agosto de 2006, hasta un máximo de dos horas y media de trabajo diario:


NOMBRE Y APELLIDO

DEPENDENCIA

Gustavo Javier MEDEIROS

DPTO. EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES

Víctor Manuel RIVERO

DPTO. EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES


ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al inciso 1 - Gastos en personal, del Presupuesto de la Universidad para el corriente ejercicio.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Bienestar Universitario, Administrativa, Direcciones Generales de Personal y de Administración y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.-

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0810-06