SALTA, 16 AGO 2006



Expte. Nº 4.446/06


VISTO estas actuaciones por las cuales el Prof. Humberto Alejandro MANENTI, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la FACULTAD DE HUMANIDADES, solicita ayuda económica del FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para cubrir los gastos de la Maestría en Ciencias del Lenguaje que dicta la citada unidad académica; y


CONSIDERANDO:


QUE a fs. 7 el Consejo Directivo de la citada Facultad, por Resolución H-Nº 751-06, solicita al Consejo Superior se otorgue al citado docente, la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), en el marco del Fondo de Capacitación Docente.

QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente, aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y modificatoria.

Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA DEL CONSEJO SUPERIOR en su Despacho Nº 114/06 de fecha 04 de agosto de 2006 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Asignar al Prof. Humberto Alejandro MANENTI, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la FACULTAD DE HUMANIDADES, la suma de de PESOS QUINIENTOS ( $ 500,00) del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para cubrir los gastos de la Maestría en Ciencias del Lenguaje que dicta la citada unidad académica.


ARTICULO 2º.- Establecer que el docente mencionado en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Facultad de Humanidades y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la FACULTAD DE HUMANIDADES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.-

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0756-06