SALTA, 10 de julio de 2006.
Expte. Nº 17.019/06
VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 0487-06, de fecha 5 de junio de 2.006; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma se otorga a las Sras. Nora ARAMAYO y Clarisa ARANDA, agentes de la Secretaría de Bienestar Universitario, la asignación del suplemento por FALLA DE CAJA, a partir del 1º de junio de 2006, de acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Decreto 2213/87.
QUE es necesario modificar la norma que se consigna en la citada resolución y adecuarla a lo dispuesto por el artículo 70 del Convenio Colectivo de Trabajo – Sector No Docente – Decreto Nº 366/06, a partir del mes de junio de 2006.
QUE la Lic. Nieve CHÁVEZ, SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO de la Universidad, solicita se modifique dicho acto en virtud de que con fecha 6 de abril del corriente año, se requirió el pago del suplemento mencionado, a partir del mes de febrero del año en curso y hasta tanto se incorporen los nuevos responsables, fundamentando el pedido en el tiempo que dichas agentes tienen la responsabilidad del manejo de fondos de recaudación por venta diaria de abonos del comedor universitario dependiente de dicha Secretaría, dejando aclarado quer a partir de dicho mes, regía otra norma.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Sustituir el artículo 1º de la resolución rectoral Nº 0487-06, de fecha 05 de junio de 2.006, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º.- Otorgar a las siguientes agentes de la Secretaría de Bienestar Universitario la asignación del suplemento por FALLA DE CAJA, con efecto al 1º de junio de 2006, y hasta tanto se incorporen los nuevos responsables, de acuerdo a lo establecido en el artículo 70 del convenio Colectivo de Trabajo – Sector No Docente - Decreto 366/06:
Nora ARAMAYO - Categoría 6 – Legajo Nº 3373
Clarisa ARANDA – Categoría 4 – Legajo Nº 4800”
ARTICULO 2º.- Reconocer el suplemento de FALLA DE CAJA otorgado a las agentes mencionadas en el artículo precedente, con efecto al mes de febrero de 2006, en el marco del Decreto 2213/87.
ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Personal y notifíquese a las interesadas. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
PROF. MARTA ZULMA PALERMO DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIA ACADEMICA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 0625-06